Ayudas de minimis en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU, para facilitar la trazabilidad de los productos pesqueros mediante su etiquetado e identificación, en el año 2024.

Código de ayuda:

S20491/24

Norma:

Orden 34/2024, de 19 de septiembre. Resolución de 24 de septiembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de octubre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar la trazabilidad de los productos pesqueros mediante su etiquetado e identificación, de acuerdo con lo establecido en la Orden 34/2024, de 19 de septiembre del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea, NextGenerationEU.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de la ayuda será del 100% del gasto subvencionable.

2. Se subvencionará hasta un máximo de 0,25 €/etiqueta.

3. No obstante lo previsto en los puntos anteriores, el importe máximo de la ayuda por persona beneficiaria no puede ser superior a veinte mil euros (20.000,00 €), y, además, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo tercero del Reglamento (CE) núm. 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, la cuantía total de ayudas de minimis no puede exceder de los 30.000,00 € por persona beneficiaria en un periodo de tres ejercicios fiscales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden tener la consideración de personas beneficiarias directas y pedir las ayudas previstas en esta Resolución las entidades dadas de alta del Servicio de Ordenación Pesquera de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural como establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros y como lonja, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 22/2018, de 6 de julio, por el que se regula el desembarque, la primera venta, la trazabilidad y el control de los productos pesqueros en las Illes Balears.

Además de los requisitos previstos en el punto 1 anterior, en caso de desarrollar actividades económicas, las personas beneficiarias deben acreditar la inscripción al Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de solicitud de la ayuda, así como las establecidas en la Orden
34/2024, de 19 de septiembre, del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea NextGenerationEU.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Es subvencionable la adquisición de etiquetas para la identificación individual de los productos pesqueros regulados en la Resolución de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 2 de octubre de 2019, por la que se indican las especies y las tallas de los productos pesqueros que deben etiquetarse y se fija el contenido de la información que debe aparecer en las etiquetas (BOIB núm. 138, de 10 de octubre de 2019).

Documentos asociados

Boletín: 24/09/2024
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 125
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/09/2024
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 127
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento