Ayudas de minimis para el fomento del sector equino del año 2025.
Código de ayuda:
S05646/25Norma:
Resolución de 13 de marzo de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2025 destinadas al sector equino, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los sectores agrario y pesquero, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 43, de 17 de marzo de 2005.2. El objeto de esta línea de ayudas es atender las actividades establecidas en el apartado cuarto de esta convocatoria.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Fogaiba (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser personas beneficiarias de las ayudas para las acciones subvencionables establecidas en el punto 1.1 del apartado cuarto de esta convocatoria los titulares de las explotaciones ganaderas de las Illes Balears que, en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tasas de inscripción en el Libro genealógico.- Actuaciones veterinarias orientadas a la reproducción e inscripción en el Libro genealógico.
- Gastos derivados del cubrimiento de las yeguas con sementales de pura raza.
Controles de rendimiento en explotaciones y test de ejemplares que incluye:
a) Compra de equipos (kits) necesarios para testar, controlar rendimientos y llevar a cabo otras tareas y funciones relacionadas con el Programa de Cría de la Raza (Libro genealógico).
b) Servicios veterinarios y ambulancia durante los controles de rendimiento.
c) Desplazamiento del veterinario y ambulancia a los controles de rendimientos.
d) Transporte de muestras relacionadas con el Programa de Cría de la Raza (Libro genealógico) en el laboratorio.
- Análisis de filiación y consanguinidad y/u otras pruebas veterinarias y de laboratorio relacionadas con el Libro genealógico.
- Elaboración del catálogo de reproductores.
- Desarrollo de programas informáticos y base de datos para la gestión correcta del Libro genealógico, lo cual incluye la adquisición y el mantenimiento.
- Certificaciones de calidad de la gestión del Libro Genealógico.
- Gastos de personal dedicado a la realización de las actividades anteriores.
- Material de oficina no inventariable.
- Acciones de formación e información para ganaderos, criadores y asociados relacionadas con el Libro Genealògico.
- Seguro de responsabilidad civil anual obligatorio para dar cobertura a las actuaciones que lleva a cabo la entidad en el àmbito del Libro Genealògico.
- Gastos de teléfono e internet.
- Gastos de desplazamiento para asistencia a reuniones del personal no técnico de la entidad, relacionadas con el Libro Genealògico.
Requisitos:
a. Ser titulares de una explotación equina inscrita en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA).b. Tener inscritos los equinos objeto de subvención en el registro principal de uno de los siguientes libros genealógicos:
- Libro genealógico de la raza equina trotón español
- Libro genealógico oficial del caballo de pura raza menorquina
- Libro genealógico del caballo mallorquín
Documentos asociados
Boletín:
13/03/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 50
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 50
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento