Ayudas de minimis para la mejora del rendimiento de los medios de produccion ganadera de las explotaciones de ovino y cabrio.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S42355/14

Norma:

ORDEN AAM/264/2014, de 11 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la adaptación de las explotaciones ganaderas de ovino y cabrío a fin de que los sistemas de producción sean más autosuficientes y respondan a las exigencias técnicas y sanitarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no puede ser superior al 50% del total de la inversión y no puede superar la cantidad de 500,00 euros por explotación ganadera.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes, titulares de una explotación de ganado ovino y cabrío en Cataluña, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición de sistemas de identificación individual no electrónicos para animales de la especie ovina y caprina menores de 12 meses destinados al sacrificio en mataderos nacionales, con un límite de 0,10 € /unidad.

El sistema de identificación tendrá que estar conforme a las características que se establecen en la normativa vigente en materia de identificación de la especie ovina y caprina.

Además, a efectos de suponer una mejora de la trazabilidad, tendrá que constar el número de identificación individual del animal mediante la impresión de forma indeleble en la parte visible de una de las dos piezas (macho o hembra) que componen el sistema de identificación establecido en la normativa vigente.

b) Adquisición de los lectores de bolos ruminales: un aparato por explotación ganadera, como máximo.

c) Adquisición de programas informáticos para la gestión de la manada de ovino cabrío.

d) Adquisición de mangueras y elementos móviles de manejo.

e) Adquisición de pesebres autobloqueantes.

Requisitos:

- Estar inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas que prevé el Decreto 40/2014, de 25 de marzo, de ordenación de explotaciones ganaderas.

- Tener actualizados los datos en los registros de explotación ganadera según la normativa vigente.

- Haber realizado la campaña de saneamiento correspondiente al año anterior al de la convocatoria.

- Haber actualizado el censo en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 1 de marzo del año de la convocatoria.

- Estar al corriente del pago de las tasas de identificación del ganado ovino y cabrío.

- Tener actualizado los registro de nacimientos donde se garantice la trazabilidad de los animales nacidos(cuaderno de partos), en caso de solicitar la ayuda para las actuaciones previstas en el apartado 3.1 A) de estas bases reguladoras.

- En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas y en el caso de las comunidades de bienes, que se comprometan a mantener la agrupación o la comunidad de bienes durante el periodo de prescripción, de cinco años que prevé el artículo 100.4 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 22/08/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6691
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento