Ayudas de mínimis para la promoción de las exportaciones de las industrias agroalimentarias en Catalunya.
Código de ayuda:
S17491/22Norma:
ORDEN ACC/45/2022, de 21 de marzo. RESOLUCIÓN ACC/3779/2023, de 5 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de noviembre del 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar las exportaciones de las industrias agroalimentarias con sede social en Catalunya mediante la participación en actividades de formación y promoción comercial exterior que tengan por finalidad iniciar, incrementar o consolidar las expediciones en el seno de la Unión Europea y las exportaciones a terceros países.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los importes de las ayudas y cuantías máximas destinadas a las ayudas son de un máximo del 70% del gasto subvencionable con una cuantía máxima de 10.000,00 euros por persona beneficiaria por el número totalde los gastos realizados del apartado 5 siguiente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos subvencionables serán los relacionados con las actividades siguientes en el ámbito de laexportación en el periodo que indique la convocatoria correspondiente ejecutadas y efectivamente pagadas
antes de la presentación de la solicitud.
Las condiciones y los límites de estos gastos son los que constan en el anexo 2.
a) Participación en ferias y exposiciones internacionales.
b) Misiones comerciales directas o inversas.
c) Campañas publicitarias.
d) Promociones en punto de venta.
e) Presentaciones de producto.
f) Material divulgativo y de promoción. Información y publicidad en revistas especializadas, recetarios,
catálogos, libros, Internet, puntos de venta, no incluido en campañas publicitarias.
g) Consultoría, formación y asesoramiento en el ámbito de la comercialización internacional agroalimentaria (se excluyen los cursos de idiomas).
h) Comercio electrónico destinado a la exportación (páginas web, catálogos de productos y precios, venta en línea, etc.).
Requisitos:
a) Las personas físicas o jurídicas que sean microempresas y pequeñas o medianas empresas (PYME), deacuerdo con la definición de PYME incluida en la Recomendación de la Comisión de la UE de 6 de mayo de
2003 (2003/361/CE), y b) Que realicen la actividad de transformación/manipulación y comercialización de
productos agroalimentarios en Catalunya.
Se excluyen de esta convocatoria las empresas de dimensión PYME que operen en el sector vitivinícola.
Documentos asociados
Boletín:
24/03/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8633
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
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Boletín:
13/10/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9039
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9039
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín:
13/11/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9039
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9039
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento