Ayudas de movilidad de personal con fines docentes y con fines de formación dentro del Programa Erasmus+, promovido por la Unión Europea.- Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S47137/21

Norma:

Resolución de 6 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar plazas de movilidad de personal con fines docentes y con fines de formación, en el año 2021, dirigidas al personal de la Universidad Rey Juan Carlos, con una ayuda inicial concedida de 44.800 euros, siguiendo las directrices establecidas por la Comisión Europea para el Programa Erasmus+ 2020, Acción KA1 KA103, y proyecto 2020-1-ES01-KA103-078257 (STA y STT) y al amparo del Reglamento (UE) número 1288/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa ERASMUS+.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Universidad Rey Juan Carlos (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Personal que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de viaje: Cantidad a percibir en función de la distancia de la institución de destino.

b) Ayuda Individual: Cantidad diaria a percibir en función del país de destino.

Requisitos:

El personal solicitante deberá poseer la nacionalidad de un país participante en el programa ERASMUS+, o de terceros países, en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el periodo de realización de la movilidad.

El solicitante deberá ser docente o no docente funcionario o contratado, y formar parte de la plantilla en nómina de la Universidad Rey Juan Carlos tanto en el momento de presentar la solicitud como en el de realizar la estancia.

Deberá tener dominio del idioma de enseñanza de la universidad de destino

Para realizar movilidades con fines docentes (STA), la institución de enseñanza superior de acogida debe poseer una Carta Universitaria Erasmus. Además, debe existir un acuerdo bilateral entre ambas instituciones para la movilidad de personal docente. En caso de que éste no exista se deberá formalizar uno. Las instituciones deben acordar previamente el Programa de Enseñanza que llevará a cabo el
docente. Este programa se presentará debidamente cumplimentado y autorizado tanto por la universidad de origen como la de destino y en él se relacionarán las actividades que realizará el solicitante, incluyendo los objetivos y el valor añadido de la movilidad, el contenido del programa de enseñanza, indicando el nivel en que se impartirá la docencia, la duración en días, el número de horas de docencia
impartidas y los resultados esperados.

Los solicitantes de movilidades con fines de formación deberán presentar previamente un Plan de Trabajo, autorizado tanto por la institución de origen como por la empresa o institución de acogida. El plan debe incluir, como mínimo, las siguientes cuestiones: el objetivo general y los objetivos específicos, los resultados que se esperan obtener de las actividades de formación o aprendizaje y un programa del período de movilidad que llevará a cabo el personal visitante con la distribución diaria de las horas de formación. La concesión de las ayudas se realizará en base a este Plan de Trabajo.

Existen ayudas complementarias para el personal con minusvalías físicas o necesidades especiales.

Asimismo, no podrán obtener la condición de beneficiario de la presente convocatoria quienes se encuentren en alguno de los supuestos establecidos en el Artículo 13.2 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El beneficiario tiene la obligación de justificar, con carácter previo a dictarse la propuesta de resolución, de estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo al artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, firmando una declaración responsable conforme a lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Documentos asociados

Boletín: 15/09/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 220
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 15/09/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 220
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento