Ayudas de personal investigador en formacion (Modalidad B).
Código de ayuda:
S24846/12Norma:
RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2012.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas para el nombramiento de personal investigador en formación, y está dirigida a alumnos de estudios oficiales de postgrado de la Universidad de Zaragoza, con el fin último de presentar una Tesis Doctoral.Categorías Subvención
- Formación
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Universidad de Zaragoza (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La dotación de las ayudas es la siguiente:- Periodo de beca: 1.142 euros/mes.
- Período de contrato: 14 mensualidades de 1.114,35 euros por cada año de contrato.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los titulados universitarios que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El nombramiento de personal investigador en formación.Requisitos:
Los solicitantes deberán acreditar estar en posesión del título o superado los requisitos para acceder a las enseñanzas de tercer ciclo, a los estudios oficiales de posgrado, o a los programas oficiales de doctorado, conforme a alguna de las siguientes ordenaciones universitarias:a) Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado: Haber finalizado los estudios conducentes al Título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
b) Estudios Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado o por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:
1.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado.
2.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Diplomado, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, y tener superados al menos 60 créditos de posgrado.
c) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios que den acceso al doctorado conforme a sistemas educativos extranjeros, se estará a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
d) Enseñanzas oficiales de doctorado reguladas por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.
Documentos asociados
Boletín:
03/07/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 128
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 128
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