Ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros privados concertados de educación especial y al alumnado de los mismos, del curso escolar 2012/2013.

Código de ayuda:

S40628/13

Norma:

Orden de 29/10/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar ayudas de transporte y comedor, en régimen de concurrencia competitiva, del curso escolar 2012/2013, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario o de fin de semana y el servicio de comedor escolar del alumnado matriculado, por necesidades de escolarización específica con dictamen de escolarización, en centros privados concertados de educación especial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (en adelante centros docentes).

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según modalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros privados concertados de educación especial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad 1. Ayudas de transporte a los centros privados concertados de educación especial que presten el servicio de transporte escolar:

Modalidad 1.1: Con vehículos de su propiedad o a su disposición.

Modalidad 1.2: Servicio contratado por los centros privados concertados de educación especial con empresas del sector.

Modalidad 2. Ayudas al alumnado matriculado en el curso escolar 2012/2013 en los centros privados concertados de educación especial:

Modalidad 2.1. Ayuda individual de transporte escolar.

Modalidad 2.2. Ayuda individual de comedor escolar.

Requisitos:

- Tener domicilio fiscal y residencia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, antes de la terminación del plazo de presentación de solicitudes.

Se podrá autorizar a la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional a comprobar los datos correspondientes o, en caso contrario, se acreditará mediante la presentación de certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente.

- No hallarse incurso en alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Se acreditará mediante la presentación de la declaración responsable del beneficiario firmada en su solicitud.

- No hallarse incurso en alguno de los supuestos de incompatibilidades regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Se acreditará mediante la presentación de la declaración responsable del beneficiario firmada en su solicitud.

- Tener concierto educativo en educación especial para el curso escolar 2012/2013.

Este requisito se comprobará de oficio por el órgano instructor del procedimiento.

- Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y acreditar que no han sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero, de desarrollo del Texto Refundido de la ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Este requisito se acreditará mediante la presentación de la declaración responsable suscrita por el centro solicitante en su solicitud.

- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, así como respecto del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Este requisito se acreditará, conforme a lo dispuesto en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, mediante certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente, salvo que se autorice a la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional a comprobar los datos correspondientes, y siempre que no se encuentre en alguno de los supuestos que excepciona el artículo 12 del mismo, en cuyo caso se sustituirá la certificación por una declaración responsable, suscrita por el centro solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 04/11/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 213
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento