Ayudas del Consejo Insular de Menorca a entidades privadas sin animo de lucro para el desarrollo de programas de atencion a personas en el ambito social realizados en el 2014.

Código de ayuda:

S54128/14

Norma:

Maó 9 de diciembre de 2014. Maó, 26 de enero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de enero de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos y actividades de servicios sociales llevados a cabo por entidades privadas sin ánimo de lucro, dentro del ámbito de Menorca que contribuyan a fomentar la autonomía personal, la calidad de vida y en definitiva un mayor bienestar social dentro de los campos de la dependencia y promoción de la autonomía de las personas mayores, pobreza, enfermedad crónica y atención a la familia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se puede conceder por beneficiario es de 40.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro que se dedican a la atención y la mejora de las condiciones de vida dentro de los campos relacionados con el objeto de estas bases y aporten al proyecto / actividad no menos del 20% del coste total final de este.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El fomento de las asociaciones y entidades no lucrativas que mejoren la oferta de prestaciones de servicios sociales existentes en Menorca que contribuyan a lograr un mayor bienestar y cohesión social.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Unificado de Servicios Sociales, o haberlo solicitado, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el que se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales suprainsulares.

En el caso de entidades de ámbito territorial más amplio, en el Registro de Servicios Sociales que corresponda, siempre que la entidad pueda demostrar la repercusión de su acción en el ámbito territorial de Menorca.

En todo caso, antes de la concesión, se debe poder acreditar la inscripción en el registro correspondiente.

b) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) Deben actuar dentro del ámbito territorial de Menorca. En caso de que su ámbito de actuación sea más amplio se debe demostrar y justificar la repercusión y la incidencia en el ámbito de Menorca o presentar un programa específico.

d) Las diferentes delegaciones, legalmente constituidas, de una misma entidad privada sin ánimo de lucro se pueden presentar a esta convocatoria siempre que presenten programas específicos diferenciados, que se gestionen de forma autónoma por cada una de ellas y que no actúen sobre un mismo municipio.

e) Estar legalmente constituidas.

f) Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Consejo Insular de Menorca, en el momento de presentar la solicitud de subvención.

g) No estar integradas en una fundación que se haya constituido con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, del Consejo Insular de Menorca, o el patrimonio fundacional, con carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la administración insular.

h) En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB.

Documentos asociados

Boletín: 16/12/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 172
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 27/01/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 13
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento