Ayudas del Consejo Insular de Menorca destinadas a la realizacion de investigaciones de tipo historico, artistico, arquitectonico, historicoindustrial, antropologico y etnologico, que contribuyan al mejor conocimiento del pasado de la isla de Menorca y a la proteccion de su patrimoni historico.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S17228/13Norma:
Maó, 14 de mayo de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/06/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar programas de investigación de tipo histórico, artístico, arquitectónico, históricoindustrial, antropológico y etnológico.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Importe máximo por solicitud: 6.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que cuenten con una persona con titulación superior universitaria.También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguarda y la difusión del patrimonio histórico.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La elaboración de monografías, catalogación de bienes del patrimonio histórico y catalogación de colecciones privadas.Requisitos:
Las personas o entidades solicitantes que hayan sido beneficiarias de ayudas de este tipo en convocatorias anteriores deben tener justificada la subvención y haber presentado la memoria correspondiente. Si aún no se ha cumplido un año de la concesión anterior, se hará constar esta circunstancia.En cualquier caso, no pueden ser beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
23/05/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín:
26/12/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 178
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 178
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento