Ayudas del Consell Insular de Menorca para estancias en centros terapéuticos o residenciales ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociado.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S27773/14

Norma:

Maó, 5 de junio de 2014. Maó, 28 de mayo de 2015.

Plazo de Solicitud:

En cualquier momento del año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular las ayudas económicas del Consell Insular de Menorca destinados a subvencionar estancias terapéuticas o residenciales en centros ubicados fuera de la isla de Menorca y a subvencionar desplazamientos de las personas usuarias de estos centros o de sus familiares.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En el caso de las ayudas para estancias en centros terapéuticos o residenciales (tipología 2.1) se financiará como máximo el 75 % del coste total, aunque de forma excepcional, y especialmente en los casos de menores de edad en situación de desamparo, se puede superar este
porcentaje. En cualquier caso se valorará la capacidad económica del núcleo de convivencia y la posibilidad de otras administraciones o entidades de participar en la financiación.

En el caso de las ayudas para transporte y desplazamientos (tipología 2.2), se financiará como máximo el 50 % del coste total, teniendo en cuenta la capacidad económica del núcleo de convivencia y la financiación de otras administraciones o entidades.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas para estancias en centros residenciales o terapéuticos.

Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad derivada de enfermedad mental.

Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad intelectual.

Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad física.

Centros de atención para personas con algún tipo de adicción.

Centros de atención a personas con trastornos de conducta.

2. Ayudas para transporte y desplazamientos.

Desplazamientos para la persona beneficiaria de la estancia en el centro terapéutico o residencial.

Desplazamientos para acompañantes, en los casos en que sea necesario.

Desplazamientos para visitas de familiares, en caso de que sea recomendable para la adecuada evolución de la persona o para que participe en sesiones terapéuticas familiares.

Requisitos:

1. Estar empadronado en un municipio de Menorca en el momento de presentar la solicitud, salvo en los casos de petición de renovación de ayudas concedidas en convocatorias anteriores respecto del mismo recurso que se solicita.

2. Ser mayor de 18 años o bien menores emancipados.

3. Estar dentro de los sectores de población objeto de la convocatoria, es decir, personas con discapacidad psíquica, física o psiquiátrica, persona que presenta dificultades para adicciones, o situaciones de desprotección de menores.

4. Acreditar, mediante informes profesionales, la necesidad de recurso residencial o terapéutico y la imposibilidad o la no adecuación de acceder a un recurso adecuado en la red pública de servicios sociales o de salud de Menorca.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 80
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 04/06/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 83
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento