Ayudas del Consell Insular de Menorca para las cofradias de pescadores de Menorca.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S47073/16

Norma:

Maó, a 30 de noviembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta ayuda es apoyar las actuaciones de las Cofradías de Pescadores de Menorca para la realización de actividades que, de acuerdo con la normativa vigente, supongan el cumplimiento de sus funciones como órganos de consulta y colaboración con la Administración, llevadas a cabo desde el día 4 de diciembre de 2015 hasta la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las cofradías de pescadores de Menorca constituidas en base a lo previsto en el Decreto 61/1995, de 2 de junio (BOIB núm. 80 de 24/06/1995).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuar como órganos consultivos de la Administración en todas aquellas cuestiones que afectan a la pesca marítima y que le sean sometidas.

b) Emitir informe previo en relación con los proyectos de disposiciones de carácter general que regulen la pesca cuando, por su trascendencia y afectar a sus respectivos ámbitos territoriales, se les solicite por la Administración.

c) Elevar informes y propuestas a la Administración, sobre las materias objeto de su competencia.

e) Confeccionar las estadísticas de capturas de acuerdo con las instrucciones de la Administración.

f) Vigilar el cumplimiento de la obligación de desembarque en los puertos y la venta en la lonja y puntos autorizados en su defecto, de la totalidad de las capturas; y también de la normativa vigente en materia de pesca y de comercialización, hasta la primera venta.

g) Someter a la Administración, para su consideración, si es necesario, propuestas de planes de pesca con el fin de equilibrar los recursos marinos vivos, los medios de producción y las capturas.

Documentos asociados

Boletín: 03/12/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 152
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento