Ayudas del Consell Inular de Menorca a ayuntamientos para la ejecucion del Plan de Accion de la Agenda Local 21 y aprobacion de la convocatoria.

Código de ayuda:

S30528/09

Norma:

Consell Inular de Menorca.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es financiar parte de la ejecución de los Planes de Acción de las Agendas Locales 21 de Menorca.

La finalidad de estas ayudas es dar continuidad al proceso de la Agenda Local 21 iniciado el año 2002, y motivar a los Ayuntamientos en la implantación del Plan de Acción Ambiental con el fin de hacer avanzar el municipio hacia la sostenibilidad.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio e que los importes puedan ser incrementados de acuerdo con las disponibilidades resupuestarias.

Las ayudas que se otorguen en el marco de estas bases se harán con cargo al presupuesto 2009 del Consell Insular de Menorca, al programa 4400 Agencia Menorca Reserva de Biosfera, concretamente a la partida 46200 de Convenios de Planes Ambientales.

Partida Cuantía máxima
46200 76.491,87 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden acogerse a esta convocatoria todas las Entidades Locales de Menorca, siempre y cuando siga vigente su compromiso de implantación de la Agenda Local 21 a su municipio.
Del mismo modo, pueden acogerse grupos de entidades locales, que decidan realizar acciones conjuntas.

En caso de presentación conjunta de proyectos, cuando se trate de agrupaciones sin personalidad jurídica, deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de la concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

En cualquier caso, se deberá nombrar un representante único de la agrupación, con facultades bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las siguientes acciones, que se realicen dentro el ejercicio 2009:

4.1. Actuaciones de educación, sensibilización y concienciación ambiental contenidas en el Plan de Acción Municipal de la Agenda Local 21.

4.2 Actuaciones de divulgación y difusión del proceso de Agenda Local 21 y de los Talleres de Agenda Local 21 a la población en general.

4.3. Actuaciones de preservación de la biodiversidad, del paisaje natural del municipio y de su litoral.

Como por ejemplo: corredores biológicos, restauración de espacios naturales, elaboración de catálogos de patrimonio, estudios sobre el medio natural, reducción de impactos ambientales sobre la fauna (tendidos eléctricos, carreteras, etc.), iniciativas de mantenimiento del paisaje agrario tradicional, etc.

4.4 Actuaciones dirigidas a la revisión de los planes de acción vigentes y a la elaboración de los nuevos planes de acción.

Cada Entidad Local podrá solicitar subvención, en el marco de la presente convocatoria, por una, varias o todas las actividades antes mencionadas, así como pueden formular solicitudes de manera individual o conjuntamente.

Requisitos:

Para solicitar las subvenciones los solicitantes deben cumplir los requisitos siguientes:

5.1. Contar con una Agenda Local 21 adecuadamente validada por el Comité Técnico Insular de Agenda Local 21 y ratificada por la Comisión Permanente de la Comisión Balear de Medio ambiente, con inscripción en el registro definitivo de la Red Balear de Sostenibilidad en los términos descritos en el Decreto 123/2002 de 4 de octubre sobre la implantación de la Agenda Local 21 a los municipios de las Islas Baleares.

5.2. Haber asumido los diez compromisos de Aalborg por el Pleno municipal.

5.3. Celebrar periódicamente y participar activamente en los Talleres de Agenda Local 21 del municipio.

5.4. Realizar anualmente la evaluación de la Agenda Local 21.

5.5. Llevar a cabo anualmente acciones del Plan de Acción de la Agenda Local 21.

Documentos asociados

Boletín: 18/04/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 56
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento