Ayudas del Igape al programa de apoyo a la innovacion de las pequeñas y medianas empresas en Galicia (Programa Innoempresa), cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S35719/10

Norma:

Resolucion de 21 de mayo de 2010. Resolución de 10 de marzo de 2011. RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2011. RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2012. RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/05/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para 2012, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas del Igape al programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas en Galicia (Programa Innoempresa).

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Las pequeñas y medianas empresas (pymes) según la definición establecida por la Comisión Europea
en el anexo I del Reglamento 800/2008 (DOUE L 214, del 9 de agosto), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos
87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), que sean sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos, que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto, que desarrollen actividades subvencionables y cuenten con, al menos, un empleado con contrato laboral.

- Las pymes de los sectores de industria (incluida la agroalimentaria), construcción, turismo, comercio y servicios, y los organismos intermedios que desarrollen proyectos para pymes de estos sectores.

- Excepto en la línea de ayuda denominada realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado
(artículo 1.1.2.2), podrán ser, asimismo, beneficiarios los organismos intermedios, siempre que en el
proyecto subvencionable contemplen la prestación de servicios de carácter innovador a un conjunto de
pymes gallegas o con centro de actividad en Galicia definidas en cuanto a su número, condición de pequeña
o mediana empresa, sector de actividad y ámbito geográfico que, necesariamente, tendrán que participar
en su ejecución y en un mínimo de un 10% en la financiación de los servicios recibidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.1.1.1. Proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores mediante la implantación de herramientas de gestión avanzada. (Procedimiento IG127).

1.1.1.3. Proyectos de diseño de nuevo producto que pueden incluir elementos de identidad gráfica, envase, embalaje y comunicación siempre que estén asociados al nuevo producto en el mismo proyecto. (Procedimiento IG129).

1.1.2.2. Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado. (Procedimiento IG131).

1.1.2.3. Proyectos de implantación y certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001 (proyectos de I+D+i), UNE 166.002 (sistemas de gestión de la I+D+i) (Procedimiento IG132).

1.1.3.1. Proyectos de innovación en colaboración en la cadena de valor. (Procedimiento IG134).

1.1.3.2. Proyectos de identificación de necesidades tecnológicas, desarrollo de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pymes. (Procedimiento IG135).

Requisitos:

No podrán tener la condición de beneficiarios las entidades en que concurra alguna de las circunstancias
previstas en el artículo 10.2º y 3º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121, del 25 de junio).

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2010
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