Ayudas del Instituto Gallego de Promocion Economica para el apoyo financiero a la hosteleria, comercio, turismo y servicios de las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal, instrumentadas mediante convenio de colaboracion suscrito entre el Instituto Gallego de Promocion Economica, las entidades financieras y las sociedades de garantia reciproca adheridas (Re-invirte Ferrol) - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S46573/10Norma:
Resolución de 22 de julio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/12/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas consistentes en una línea de subsidiación a la financiación obtenida por las pequeñas y medianas empresas correspondientes a los sectores de la hostelería, comercio, turismo y servicios, que promuevan inversiones en las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal.Categorías Subvención
Comercio
Financiación Preferente / Préstamos
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la operación a financiar con derecho a subsidiación podrá alcanzar el 100% de la inversión subvencionable. El importe subsidiable será, como mínimo, de 3.500 € y no podrá, para cada beneficiario, superar los 100.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las pequeñas y medianas empresas y las personas físicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, incluso careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones y gastos adquiridos a terceros que se realicen con posterioridad a la solicitud de la ayuda en el Igape y se paguen en el período de un año desde la formalización de la operación de préstamo, y también se considerarán subvencionables los contratos de arrendamiento financiero (leasing) que se formalicen en el período de un año desde la solicitud de ayuda, siempre que la empresa se comprometa ante el Igape a ejercer la opción de compra al finalizar el arrendamiento, y que se materialicen en:-Inmovilizado material nuevo o usado: en caso de elementos de transporte, exclusivamente vehículos industriales.
-Inmovilizado intangible.
-Gastos de aprovisionamiento e inicio de actividad hasta un máximo del 20% del gasto subvencionable elegible.
Requisitos:
Los beneficiarios tendrán que estar al corriente en sus obligaciones con la Hacienda pública, con la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma de Galicia y no ser considerados empresas en crisis en el sentido de las directrices comunitarias sobres ayudas estatales de salvamento y restructuración de empresas en crisis.Documentos asociados
Boletín:
27/07/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento