Ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia en el marco del Plan Internacionaliza-Pyme 2014-2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S21337/17

Norma:

Orden de 3 de mayo de 2017. Resolución de 19 de julio de 2017. Orden de 20 de marzo de 2018. Resolución de 25 de mayo de 2018.

Plazo de Solicitud:

1º Periodo: Hasta el 25/07/2018; 2º Periodo: del 3 de septiembre de 2018 hasta 31 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer, con arreglo al régimen de concurrencia competitiva previsto en el capítulo I del título I de la ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras de concesión de subvenciones a las empresas de la Región de Murcia que desarrollen acciones de promoción exterior en el marco del Plan de Internacionaliza-Pyme 2014-2020, al amparo del Programa de Ayuda que se acompaña Anexo, y dentro de la Línea de Actuación 31 (Objetivo Específico 3.4.3.) del Programa Operativo FEDER de Murcia, 2014-2020, destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de 50.000 euros con cargo a cada convocatoria, y la intensidad máxima de la subvención no podrá ser superior al 50% en términos de subvención bruta sobre un gasto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases las PYMES cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas.

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