Ayudas del Instituto de Fomento de la Region de Murcia para incentivar el uso de Servicios de Innovacion por las Pymes Regionales ( Cheque de Innovacion ).
Código de ayuda:
S36600/10Norma:
Orden de 14 de mayo de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/10/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar el uso de servicios de innovación catalogados por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia y prestados por proveedores acreditados a pymes con escasa o nula experiencia en el ámbito de la innovación empresarial.Cheque de Innovación:
Incentivar a las pymes regionales para la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica incluidos en el Catálogo de Servicios de Innovación versión 2.0 del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Empleo, Universidades y Empresa (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario, no podrá exceder de 5.100 euros con cargo a estas Bases reguladoras.Cheque de Innovación:
Subvención a fondo perdido del 85% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable aprobado. Dicha subvención será como máximo de 5.100 euros, anexándose en la notificación de concesión un Cheque de Innovación que será entregado por el beneficiario al proveedor del servicio como parte del pago de los trabajos realizados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
PYMES cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la pesca, y a la producción primaria de los productos agrícolas delanexo I del Tratado.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Cheque de Innovación:Gastos de asesoramiento y asistencia técnica adaptada a la empresa beneficiaria para alcanzar los objetivos del programa, contratados en su totalidad a proveedores acreditados por el Instituto de Fomento para la prestación de servicios de innovación de este programa.
Los servicios subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa. En ningún caso, se financiarán pruebas o análisis que no estén vinculados al proyecto subvencionado o que no sean imprescindibles para la obtención de los resultados del mismo. Quedan excluidos aquellos gastos en servicios no incluidos en el Anexo I de este programa.
Los costes subvencionables serán, como máximo, por importe de 6.000 euros, salvo los límites establecidos de manera particular en cada servicio, y que se señalan en el Anexo I (apartado requisitos específicos).
Requisitos:
Que emplee a menos de 250 personas, y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.Cheque de Innovación:
a) No haber finalizado el proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.
b) Aportación mínima del 15% del beneficiario destinada a la financiación del proyecto, mediante recursos no subvencionados.
c) El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento, para lo cual, deberá seguir el procedimiento de adhesión previsto en la presente convocatoria (Anexo III).
d) El servicio contratado por la pyme solicitante deberá estar en la lista de servicios que se incluye en el Anexo I del presente programa. La prestación del servicio por proveedor acreditado se realizará conforme las características técnicas mínimas (estructura, contenidos, entregables, etc.) recogidas en el Catálogo de Servicios de la Innovación versión 2.0 del Instituto de Fomento.
e) Dado que el Cheque de Innovación está dirigido a aquellas empresas con escasa o nula experiencia en el ámbito de la innovación, no serán admitidas aquellas solicitudes presentadas por empresas que hayan recibido ayudas en los dos ejercicios anuales anteriores o en el corriente al que se solicite la subvención,
a través de cualquiera de los programas propios del Instituto de Fomento, o que gestiona esta Entidad, para proyectos de innovación en materia o ámbito similar al presentado. Asimismo, no podrán ser beneficiarias aquellas empresas que hayan recibido un reconocimiento público por sus actividades en I+D+i en materia o ámbito similar al presentado, o que pueda comprobarse la condición innovadora de la solicitante a través de cualquier tipo de publicidad, escrito o publicación.
f) Para el cálculo de la ayuda que pueda percibir el solicitante, éste deberá informar mediante una declaración jurada en modelo que se facilitará al efecto, de otras ayudas al amparo del Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a las ayudas de mínimis, publicado en el DOCE de 28 de diciembre de 2006 (L 379/5 a L 379/10) y de las correspondientes a convocatorias amparadas en la Decisión de la Comisión, de 8 de junio de 2009, que aprueba la ayuda de Estado n.º N 307/2009-España, que haya obtenido desde el 1 de enero de 2008 hasta ese momento. En cualquier caso la ayuda total de mínimis, más la otorgada al amparo de este Programa, concedida a un beneficiario en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2010 no podrá superar el importe de 500.000 euros brutos.
g) El régimen de compatibilidad de las subvenciones otorgadas al amparo del presente Programa es el establecido en el apartado 2 del artículo 6 de las Bases reguladoras.
Documentos asociados
Boletín:
01/06/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento