Ayudas del Plan Renove de Calderas Domesticas, destinadas a la sustitucion de las calderas actuales por otras de mayor eficiencia energetica.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S44637/11

Norma:

RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Consultar orden.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan Renove de Calderas Domésticas de la Comunitat Valenciana 2011, destinado a la renovación de las calderas actuales por otras de mayor eficiencia energética, tal y como se describe en el artículo 4 y de acuerdo al convenio de colaboración de la Agencia Valenciana de la Energía con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía, firmado el 28 de marzo de 2008.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Agencia Valenciana de la Energía (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas reguladas en esta resolución se tienen que conceder con sujeción a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

La cuantía de ayuda individual para cada aparato es la siguiente:

Equipo /Combustible / Emisiones Nox / Ayuda

Calderas Condensación / Gasoil / / 400 €.

Calderas Condensación / Gas Natural/ GLP < 70 mg/kWh / 500 €.

La cuantía de la ayuda para la adquisición del aparato, no podrásuponer en ningún caso una reducción del precio de la instalación superior al 25%, por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite. Se entiende por precio de la instalación, el precio del equipo y su montaje, IVA no incluido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada residentes en la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Sustitución de una caldera que utilice cualquier combustible por una caldera de condensación que utilice gas natural o gases licuados del
petróleo (GLP).

2. Sustitución de una caldera que utilice gasoil por una caldera de
condensación que funcionen también con gasoil.

La nueva caldera deberá pertenecer a una instalación individual o colectiva de calefacción, tener una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kW y alcanzar altas prestaciones energéticas según la siguiente clasificación:

a) Caldera de condensación a gas natural o GLP. Caldera estanca de condensación de sólo calefacción o mixta, que utilice gas natural o GLP y que cumpla con las siguientes características:

– Rendimiento a potencia nominal (Pn) &#8805; 93 + 2 log Pn (en porcentaje).

– Rendimiento a carga parcial &#8805; 89 + 3 log Pn (en porcentaje).

– Encendido electrónico.

– Seguridad de llama.

– Nivel emisiones de NOx clase 5.

b) Caldera de condensación a gasoil. Caldera estanca de condensación de sólo calefacción o mixta, que utilice gasoil y que cumpla con las siguientes características:

– Rendimiento a potencia nominal (Pn) &#8805; 93 + 2 log Pn (en porcentaje).

– Rendimiento a carga parcial &#8805; 89 + 3 log Pn (en porcentaje).

– Encendido electrónico.

– Seguridad de llama.

El rendimiento a potencia nominal (Pn) será para una temperatura media del agua en la caldera de 70 ºC y el rendimiento a carga parcial se define para una carga del 0,3 Pn y una temperatura media del agua en la caldera de &#8805; 50 ºC.

La caldera a instalar deberá estar incluida en el «Listado Renove Calderas» este listado estará formado por un conjunto de modelos de los productos eficientes de los fabricantes implicados en esta campaña, que cumplan con lo especificado en este artículo. Este listado se podrá consultar tanto en la página web de AVEN, como en la oficina de campaña y será actualizado durante el periodo de duración de la campaña, incluyendo nuevos equipos o modificando los ya existentes. Para ello, los fabricantes de calderas deberán dirigirse a la AVEN y presentar documentación que acredite que se cumplen las características exigidas en el primer párrafo de este artículo.

Los fabricantes y distribuidores de calderas podrán solicitar a AVEN la inclusión de nuevos equipos en el «Listado Renove Calderas» hasta el 30 de marzo de 2012.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6615
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento