Ayudas del Plan de Accion de Energias Renovables.
Código de ayuda:
S62764/07Norma:
Sesión ordinaria celebrada el 31 de agosto de 2007.Plazo de Solicitud:
Plazo máximo de 6 meses, o hasta el agotamiento de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto es aprobar y regular la convocatoria pública para la presentación de solicitudes de ayudas públicas para la ejecución de proyectos instalaciones de energía solar térmica de baja temperatura.El desarrollo de los programas, preparación y convocatoria de bases reguladoras, gestión, tramitación y valoración técnica de expedientes, resolución de las ayudas, certificación y pago de las mismas, incluyendo el régimen de control, reintegro y sancionador, será llevado a cabo y gestionado por la Consejería de Medio Ambiente, conforme a la normativa que le sea de aplicación y los condicionantes establecidos en el Convenio de Colaboración con el IDAE y contando para ello con la aportación financiera del IDAE.
Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Melilla
Convoca:
Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad (Melilla)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de las ayudas todas las personas físicas y jurídicas de derecho privado y las instituciones sin ánimo de lucro residentes en la Ciudad Autónoma de Melilla.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán consideradas como actividades susceptible de ayudas las inversiones realizadas, en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a instalaciones de aprovechamiento térmico a baja temperatura de la energía solar destinada a la producción de agua caliente sanitaria, calefacción y climatización.Los paneles solares utilizados en la realización de las instalaciones deberán ser debidamente homologados
por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Además estas instalaciones deben estar destinadas al
autoconsumo, no siendo subvencionabas aquellas destinadas a la venta de energía.
Se considera coste subvencionable, únicamente el derivado de las inversiones en elementos exclusivamente necesarios para alcanzar los objetivos de producción energética.
Requisitos:
El plazo para la adquisición de los aparatos con derecho a ayuda comenzará a partir del día siguiente al depublicación de la presente convocatoria en el BOME, y tiene una duración máxima de 6 meses, o hasta el
agotamiento de la cuantía económica asignada a esta convocatoria, si tal circunstancia se produjera con
anterioridad a la duración máxima mencionada, en este supuesto se tiene que suspender la concesión de las ayudas mediante publicación en el BOME.
Documentos asociados
Boletín:
21/09/2007
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4436
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4436
Documento: Convocatoria Descargar Documento