Ayudas del Programa de Misiones Internacionales.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S19528/16

Norma:

RESOLUCIÓN EMC/1483/2016, de 3 de junio. RESOLUCIÓN EMC/2088/2016, de 8 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria y aprobar las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Programa de Misiones Internacionales para el año 2016, las cuales figuran en los anexos de esta disposición.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Agencia para la Competitividad de la Empresa (Acció) (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima destinada a la línea de ayudas del Programa de Misiones Internacionales es de 400.00
euros, aplicados a la partida presupuestaria D/7025/470.0001/662.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser personas beneficiarias de este programa, como organizadoras o coorganizadoras, las asociaciones empresariales, los colegios profesionales, las organizaciones patronales y las fundaciones representativas de colectivos empresariales la actividad de las cuales se desarrolle totalmente o parcialmente en Cataluña y esté relacionada con la internacionalización, y, como participantes de la misión, las empresas con ánimo de lucro y establecimiento operativo en Cataluña y las fundaciones representativas de colectivos empresariales que tengan dentro de sus objetivos la promoción internacional de las empresas y la actividad de las cuales se desarrolle totalmente o parcialmente en Cataluña y esté relacionada con la internacionalización.

Las empresas pueden ser industriales o de servicios, siempre que quieran prospectar un mercado para iniciar o incrementar su negocio internacional.

Las empresas comerciales solamente podrán ser beneficiarias en aquellos casos en los que asuman la actividad comercial de empresas industriales o de servicios formando parte del mismo grupo empresarial. En estos casos se deberá justificar, mediante la aportación de las escrituras de constitución, una vinculación por parte de las empresas industriales o de servicios del grupo de un mínimo del 25%.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Misiones directas, entendidas como los proyectos de organización y coordinación de misiones colectivas; se entiende como misión colectiva aquella en la que participan un mínimo de 6 empresas y un máximo de 15 y tiene como objetivo la prospección de mercados y el contacto con potenciales clientes. Se podrán visitar un máximo de 3 países y se considerarán empresas participantes en la misión aquellas que visiten, como mínimo, 1 de los países objetivo de la misión, de acuerdo con la concesión realizada. Para cada uno de los países visitados, se requerirá que las visitas se hagan con una Agenda de Entrevistas realizada por una entidad especializada.

b) Misiones inversas, entendidas como proyectos de organización y coordinación de visitas a Cataluña de
grupos de potenciales compradores, operadores o prescriptores económicos extranjeros, con un mínimo de 4 participantes extranjeros y un máximo de 12, para participar en jornadas, seminarios técnicos, encuentros empresariales u otras acciones de promoción o comercialización.

Se aceptarán participantes de un máximo de 3 países extranjeros.

Documentos asociados

Boletín: 17/06/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7144
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 16/09/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7207
Documento: Modificación Descargar Documento