Ayudas del Programa de Orientación Profesional y del Programa de Itinerarios de Inserción - modificaciones.

Código de ayuda:

S53000/05

Norma:

ORDEN de 22 de enero de 2004. ORDEN de 12 de julio de 2006. ORDEN de 9 de noviembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Del 1 de enero al 30 de enero del año en el que vayan a iniciarse las actividades.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden se dicta en desarrollo de lo previsto en los apartados 1 y 2 del artículo 4 del Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía y tiene por objeto establecer las bases reguladoras y el régimen de convocatoria para la concesión de ayudas relativas al Programa de «Orientación Profesional» y regular el Programa de «Itinerarios de Inserción».

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 100% de los costes de los proyectos con los límites y por los conceptos que se especifican.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Instituciones sin ánimo de lucro, Corporaciones Locales y otros Entes públicos.

Podrán ser destinatarias de las acciones de Orientación Profesional y de los Itinerarios de Inserción, las personas demandantes de empleo inscritas como tales en el Servicio Andaluz de Empleo.

Sin perjuicio de las prioridades que puedan establecerse en el marco de la Estrategia Europea por el Empleo respecto de determinados colectivos, serán objeto de atención preferente los siguientes:
a) Jóvenes menores de 30 años.
b) Mujeres.
c) Parados de muy larga duración.
d) Demandantes de empleo mayores de cuarenta y cinco años.
e) Personas con discapacidad.
f) Minorías étnicas.
g) Inmigrantes con dificultades de acceso al mercado de trabajo.
h) Demandantes de empleo en riesgo de exclusión.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

ITINERARIOS DE INSERCION
Promover la inserción laboral de las personas desempleadas a través de itinerarios de inserción, entendiéndose por éstos la definición, realización y seguimiento de una secuencia concatenada de acciones que mejoren su empleabilidad.

PROGRAMA DE ORIENTACION PROFESIONAL
Promover la inserción laboral de las personas demandantes de empleo prestando orientación y asesoramiento especializado y personalizado acerca de su elección profesional, posibilidades reales de empleo, cualificación necesaria, necesidades y opciones formativas, búsqueda de empleo o creación de su propio empleo, promoviendo la mejora de la empleabilidad.

Se distinguen las siguientes posibles actuaciones:
A) Implantación de Unidades de Orientación para la Inserción Laboral.
B) Acciones dirigidas al perfeccionamiento de orientadores o la mejora, difusión y evaluación de acciones de orientación.

Los siguientes conceptos:
1. Costes salariales.
a) Personal Técnico.
b) Personal de apoyo administrativo.
2. Otros gastos.
a) Otros costes salariales relacionados con tareas de coordinación, evaluación, formación, estudios, desarrollo de medios y soporte y gestión del proyecto.
b) Gastos de viaje y estancia de personal para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo del proyecto.
c) Bienes consumibles no amortizables.
d) Adecuación de instalaciones.
e) Alquiler de edificios y equipamientos (no leasing).
f) Amortización de equipos conforme a la legislación vigente.
g) Publicaciones y publicidad.
h) Gastos corrientes.
i) Tasas y seguros.
j) Gastos de auditoría.
3. Costes de soporte informático, comunicaciones, equipamiento y mobiliario.

Requisitos:

Entre los requisitos a asumir para las actuaciones destacan:
- Disponer de una estructura de locales y equipamientos suficientes.
- Disponer de equipamiento informático, conexión a internet y teléfono.
- Disponer de un servicio de cita previa para la realización de las acciones que correspondan.

Documentos asociados

Boletín: 03/02/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 22
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/10/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 204
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 23/09/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 187
Documento: Modificación Plazos Solicitud Descargar Documento
Boletín: 18/05/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 93
Documento: Publicación de la Instrucción Descargar Documento
Boletín: 22/08/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 162
Documento: Modificación de la Orden de 22 de enero de 2004 Descargar Documento
Boletín: 14/11/2007
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 224
Documento: Modificación del plazo de presentación de solicitudes Descargar Documento