Ayudas del Programa de asociaciones de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo - Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S19055/09

Norma:

Resolucion de 5 de marzo de 2009. ORDEN TAS/874/2007, de 28 de marzo. ORDEN TIN/2004/2008, de 26 de junio. Orden TIN/58/2009, de 21 de enero. Resolucion de 10 de noviembre de 2009. Resolución de 11 de noviembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las Federaciones, Asociaciones y Centros de españoles en el exterior.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo e Inmigración ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas será de carácter variable y estará en función de los gastos totales anuales de funcionamiento de la entidad estimados para el año 2011, hasta un máximo del 30 por 100 de éstos. No obstante lo anterior, en el caso de las Federaciones que representen o integren asociaciones o centros de más de un país, dicho límite podrá elevarse hasta el 100 por 100 de sus gastos de funcionamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de 50 y menor de 1.000 y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entienden como gastos de funcionamiento de las entidades, objeto de este programa, los de personal, alquiler de local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material informático y de oficina de carácter fungible o consumible y otros de similar naturaleza.

Asimismo, se consideran subvencionables en el marco de este programa los gastos derivados de la celebración de una Asamblea anual por aquellas Federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país.

Requisitos:

Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar, en su caso, inscritas en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 166
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 27/01/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 23
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 13/03/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 62
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/09/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 218
Documento: Orden TIN/2378/2009, de 28 de agosto Descargar Documento
Boletín: 17/11/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 277
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 281
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento