Ayudas del Programa e-Gipuzkoa: PYMES.

Código de ayuda:

S18255/04

Norma:

Decreto Foral 62/2004 de 22 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del programa de ayudas para favorecer, dentro del marco del Plan e-Gipuzkoa, la implantación en las pequeñas y medianas empresas (Pymes) de procesos y aplicaciones soportados por Tecnologías de la Información y Comunicación para el desarrollo del comercio electrónico y la mejora de la gestión empresarial.

Se impulsa el presente programa de ayudas cuyos objetivos principales son:
a) Incrementar los niveles de acceso básico y el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación en las Microempresas guipuzcoanas, con el fin de reducir los riesgos de exclusión digital que podría situarlas en posición no competitiva.
b) Fomentar en las empresas pequeñas y medianas el desarrollo de usos más avanzados de las Tecnologías de la Información y Comunicación, y en particular el comercio electrónico.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Guipúzcoa (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Por trabajos contemplados en los epígrafes 1. y 2. y cuyas entidades beneficiarias sean:
a) Mediana Empresa: 20% del gasto justificado, hasta la cantidad máxima de 20.000 €.
b) Pequeña Empresa: 25% del gasto justificado, hasta la cantidad de 20.000 €.
c) Microempresa: 30% del gasto justificado, hasta la cantidad de 20.000 €.

2. Por inversiones contempladas en el epígrafe 3., cuyas entidades beneficiarias, sean Microempresa:
a) Por adquisición de programas de gestión empresarial: 35% del coste de las licencias, hasta 3.000 €.
b) Por adquisición de servicios de software on line (ASP): 85% del coste anual del contrato, hasta la cantidad de 1.500 €.

3. La subvención máxima a conceder por entidad beneficiaria, con cargo a los presupuestos de la Diputación Foral de Gipuzkoa no podrá superar los 40.000 € en el conjunto de ejercicios 2002-2005 de aplicación del plan para favorecer la implantación de procesos y aplicaciones TIC en las PYMEs.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellas empresas que, independientemente de su forma jurídica, ejerzan una actividad económica y cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Trabajos de consultoría destinados al diagnóstico de necesidades y/o elaboración de Planes de Implantación de las TICS en las empresas, realizados por entidades o empresas especializadas.
Para la elaboración del Plan, la empresa especializada deberá seguir la metodología facilitada por SPRI, S.A. o en su caso acreditar disponer de una metodología propia, aceptada expresamente por SPRI, S.A. para la implantación de las TICS en las empresas.

2. Trabajos de consultoría destinados a la implantación de aplicaciones TIC que estén relacionados con las siguientes actuaciones:
a) Negocio Electrónico (e-Business): Implantación de sistemas Integrados de Gestión.
b) Marketing Electrónico (e-Marketing): Implantación de sistemas que optimicen la relación con los clientes mediante la fidelización de clientes, atracción de clientes, gestión de clientes, personalización de ofertas, publicidad y creación de bases de datos de clientes.
c) Compras (e-Procuremente): Implantación de Sistemas de Gestión de Compras de productos y servicios de forma electrónica.
d) Comercio electrónico (e-Commerce): Implantación de sistemas de ventas de productos y servicios a los clientes por parte de la empresa de forma electrónica.
e) Mercados Virtuales (e-Marketplaces): Implantación de Sistemas que permitan la participación en plataformas que facilitan la negociación entre compradores y vendedores de forma electrónica.
f) Diseño e implantación de Web site de la empresa, siempre y cuando éste incorpore, además de información sobre la misma, la posibilidad de realizar transacciones comerciales.
g) Diseño e implantación de la Intranet y/o Extranet de la empresa que optimicen las comunicaciones con clientes, proveedores, instituciones y empleados.
h) Análisis de situación, diseño e implantación de sistemas de seguridad informática adaptados a las necesidades de la empresa.

3. Adicionalmente y para las entidades beneficiarias que tengan la consideración de microempresas, se incluyen como hechos subvencionables la adquisición de productos de software de gestión empresarial adaptadas a las necesidades de las microempresas, y que entre otras funcionalidades podrían contener:
a) Acceso a internet y correo electrónico.
b) Página Web.
c) Catálogo electrónico.
d) Soluciones de seguridad.
La adquisición de estos productos se clasificará en:
a) Compra de Licencias.
b) Compra de Servicios en modelo ASP-(Application Service Provider).

En ningún caso se considerarán subvencionables a efectos del presente Decreto Foral los elementos de hardware de cualquier tipo ni aplicaciones ofimáticas básicas.

Requisitos:

a) Que tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
b) Que cumplan las condiciones de PYME establecidas por la Comisión Europea, las cuales vienen recogidas en el Anexo I del presente Decreto Foral.

Quedan excluidas del ámbito de aplicación del presente plan las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2004
BO Provincia de Guipúzcoa- Nº 123
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento