Ayudas del Proyecto Urban en 2005.
Código de ayuda:
S13091/05Norma:
Resolución de 16 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Para las Ayudas a la implantación de nueva actividad, el objeto será favorecer la atracción de nueva actividad a la zona de intervención URBAN facilitando igualmente a las personas emprendedoras sus primeros pasos en el mundo empresarial.2. Para las Ayudas a la reforma y renovación de instalaciones y equipamientos de establecimientos comerciales, artesanales y hosteleros, el objeto será favorecer la modernización de los establecimientos dedicados a la actividad comercial, artesanal y hostelera en las zonas del Casco Viejo y Rochapea, proporcionando incentivos para la reforma y renovación de sus instalaciones y equipamientos, incluida la implantación o adaptación de tecnologías de la información y comunicación.
Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Cooperación empresarial
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Para las Ayudas a la implantación de nueva actividad, los beneficiarios serán las personas físicas o jurídicas que tengan o proyecten tener su centro de trabajo en la zona URBAN (Barrios del Casco Viejo y de la Rochapea).2. Para las Ayudas a la reforma y renovación de instalaciones y equipamientos de establecimientos comerciales, artesanales y hosteleros, los beneficiarios serán las personas físicas o jurídicas, que teniendo la consideración de pequeñas empresas, encuadren su actividad en la zona URBAN y dediquen al menos un 70% de su actividad principal al comercio, la artesanía u hostelería.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Para las Ayudas a la implantación de nueva actividad, serán:a) Categoría de Gastos necesarios para el inicio de la actividad:
−Gastos de Asesoramiento, Notaría e inscripción en Registro.
−Gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por franquicia.
−Gastos originados por la adscripción inicial a Centrales de compra.
−Gastos originados por la adquisición de existencias y materias primas destinadas a la puesta en marcha inicial del negocio.
b) Inversiones en elementos de activo fijo, necesarias para el inicio de la actividad, tales como:
−Rehabilitación y adecuación de locales.
−Adquisición de maquinaria.
−Instalaciones técnicas.
−Mobiliario y equipamiento.
−Equipos informáticos y software.
−Cualquier otra inversión en activo fijo necesaria para el inicio de la actividad.
En ningún caso se considerarán subvencionables, la compra ni el alquiler de locales y bajeras, el IVA, tasas e impuestos.
Y de igual forma no tendrán la consideración de subvencionables la adquisición de bienes o realización de gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad empresarial, así como aquellos que puedan ser afectados a uso privado de personas socias de la empresa, dirigentes, gerentes, propietarias o familiares.
Documentos asociados
Boletín:
30/03/2005
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 38
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2005 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 38
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2005 Descargar Documento