Ayudas del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio con las sociedades de garantía recíproca y las entidades de crédito adheridas (financiación Igape-pymes), y se procede a su convocatoria para el año 2024, en régimen de concurrencia no competitiva.
Código de ayuda:
S00928/24Norma:
RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta las 14.00 horas del día 30 de septiembre de 2024, o el agotamiento del crédito.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y su objetivo es regular las condiciones y el procedimiento de tramitación del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio entre el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), las sociedades de garantía recíproca (SGR) y las entidades de crédito adheridas, que se desglosa en las líneas de financiación específicas detalladas en el anexo I a las bases reguladoras.Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Financiación Preferente / Préstamos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Galego de Promoción Económica (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio) de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de la Unión Europea, físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos.También podrán tener la condición de beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos del anterior número 1.
Requisitos:
a) Que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto de la actuación a financiar, localizada en la Comunidad Autónoma de Galicia.b) Que cumplan los requisitos y condiciones establecidos para la correspondiente línea de financiación, que se detallan en el anexo I a las bases reguladoras.
Documentos asociados
Boletín:
22/01/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 15
Documento: Bases, Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
22/01/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 15
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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