Ayudas del programa Conecta pyme para fomentar la cooperacion publico-privada a traves de proyectos de investigacion y desarrollo en cooperacion entre pymes en areas estrategicas para la Comunidad Autonoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S01291/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación del programa Conecta pyme para fomentar la agrupación empresarial a través de proyectos de investigación y desarrollo (I+D) de pymes en áreas estratégicas para la Comunidad Autónoma de Galicia.
Asimismo, por medio de esta resolución se convocan dichas ayudas para el año 2014.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Innovación (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos de I+D subvencionables al amparo de esta convocatoria deberán realizarse siempre en cooperación entre pymes y tener un presupuesto financiable mínimo de 600.000 euros dividido en las distintas actividades a realizar por cada uno de los integrantes de la agrupación. Se exigirá una participación mínima por socio de 75.000 euros y el reparto de la participación de cada empresa deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) el 65 % del presupuesto subvencionable total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

La agrupación de empresas pymes, según la definición del anexo I del Reglamento (CE) nº 800/2008, válidamente constituídas que presenten un proyecto en cooperación entre ellas y que deberán formar una agrupación sin personalidad jurídica que se regirá, al amparo del artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, por el acuerdo que las regule.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente
los productos, procesos o servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para la investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.

b) Desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación, siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales.

Son también subvencionables la producción y ensayo experimental de productos, procesos y servicios, siempre y cuando no puedan utilizarse o transformarse para su uso en aplicaciones industriales o para fines comerciales. El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 16/01/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 10
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento