Ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, susceptibles de ser financiadas con fondos REACT-UE en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020.
Código de ayuda:
S37546/21Norma:
RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2021. RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de agosto de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para fomentar el emprendimiento femenino en Galicia y proceder a su convocatoria en el año 2021 (código de procedimiento SI429A).El programa Emega comprende un conjunto de ayudas dirigidas a apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres, junto con medidas complementarias para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el acceso a servicios específicos de información, asesoramiento y orientación empresarial con el objeto de facilitar la implantación y consolidación de los proyectos empresariales promovidos por mujeres.
Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Línea Emprende: incentivos desde 10.000 € hasta 22.000 €.b) Línea Activa: incentivos desde 8.000 € hasta 17.000 €.
c) Línea ITEF: incentivos desde 18.000 € hasta 42.000 €.
d) Ayuda complementaria concilia:
Concilia-promotoras: incentivo de 3.000 €.
Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: incentivos desde 1.000 € a 5.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes de reactivación y/o mejora en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2020 y la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes, siempre que cumplan todas las condiciones y requisitos comunes y los específicos de la correspondiente línea o tipo de ayuda previstos en las bases reguladoras.Debe tratarse de empresas con la categoría de micro o pequeñas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten: empresarias individuales, sociedades civiles o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales y las cooperativas de trabajo asociado.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, la consolidación de empresas constituidas por mujeres, o la implantación de medidas innovadoras para la mejora de la competitividad, a través de medidas de renovación, implantación, ampliación o cambio de localización de la actividad dirigidas a paliar una situación económica adversa, y que resulten necesarias para el mantenimiento del empleo por cuenta propia y por cuenta ajena, así como para conseguir el necesario equilibrio empresarial y asegurar su pervivencia, consolidación y mejora, en el actual contexto económico, contexto que se vio agravado por la situación de la pandemia por la COVID-19.
Dichas medidas no podrán suponer, en ningún caso, destrucción del empleo existente por cuenta propia y ajena.
c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica, promovidas por mujeres y que supongan la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.
d) Línea Concilia: ayuda complementaria de las líneas Emprende, Activa e ITEF para promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en sus dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.
Documentos asociados
Boletín:
14/07/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
14/07/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
09/11/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 215
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 215
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