Ayudas del programa RIS3MUR COVID-19 para la reactivación empresarial a través de la innovación tecnológica.
Código de ayuda:
S44019/20Norma:
Orden de 22 de julio de 2020. Resolución de 7 de agosto de 2020.Plazo de Solicitud:
Del 1 de septiembre de 2020, hasta las 24 horas del 21 de septiembre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 250.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria tiene por objeto, con arreglo al régimen de concurrencia previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, establecer las ayudas correspondientes al Programa RIS3MUR COVID-19 para la reactivación empresarial a través de la innovación tecnológica.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Empleo
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Instituto de Fomento de la Región de Murcia (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de subvención por beneficiario y proyecto será de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), no pudiendo superar la cuantía de ochocientos mil euros (800.000 €) por empresa, salvo para aquellas dedicadas a los sectores de la pesca y la acuicultura que no superan los 120.000 € y aquellas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas que no superarán los 100.000 € por empresa.La intensidad de las subvenciones otorgadas será a tipo fijo del 60% para las empresas comprendidas en la categoría de gran empresa y del 80% para las PYMES.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
PYMES y Grandes Empresas, que se enfrentan a una pérdida de productividad o competitividad, una falta de liquidez o a otro tipo de perjuicios económicos significativos a raíz del brote de COVID-19, y, en general, cuyos resultados económicos se vean afectados como consecuencia del estado de alarma decretado a raíz del COVID-19, que realicen los proyectos subvencionados en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que tenga su sede social en España, y dedicadas a cualquier sector de actividad comprendida en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de investigación e innovación de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.ris3mur.es).Documentos asociados
Boletín:
30/07/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 175
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 175
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín:
17/08/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 189
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 189
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento