Ayudas destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña y en otras zonas con dificultades en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S05619/12Norma:
Orden de 15/02/2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer disposiciones de aplicación del régimen comunitario de ayuda destinadas a compensar las dificultades en zonas de montaña y en otras zonas con dificultades en Castilla-La Mancha en la campaña 2012 (Medidas 211 y 212 del Eje 2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2007-2013, cofinanciado con fondos Feader).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El límite mínimo para el cobro de la ayuda es de 300 euros, siendo el máximo de 2.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) La persona física, titular de explotación agraria individual, que sea agricultor a título principal (ATP), o titular de una explotación agraria calificada como prioritaria.A los efectos de lo anteriormente establecido, la condición de explotación prioritaria se considerará válida, a los efectos de la indemnización compensatoria, si el otorgamiento de la calificación se hubiese obtenido en los 5 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente Orden.
b) La persona física, agricultor a título principal (ATP) que sea socio de una explotación agraria constituida como cooperativa o sociedad agraria de transformación. En este caso la ayuda del socio se calculará de manera proporcional a su cuota de participación, siendo acumulable con la que pudiera otorgársele como titular individual de una explotación agraria a los efectos del cálculo de una indemnización compensatoria única, dentro de los límites establecidos en la presente Orden.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La compensación por las dificultades en zonas de montaña y en otras zonas con dificultades en Castilla-La Mancha en la campaña 2012.Requisitos:
a) Comprometerse formalmente a mantener la actividad agraria, al menos, durante los cinco años siguientes a la fecha en que se percibe por primera vez la ayuda, salvo en los casos de jubilación, transferencia de explotación o causas de fuerza mayor, según lo dispuesto en el artículo 16 de esta Orden.b) Comprometerse formalmente a ejercer su actividad agraria empleando métodos que respeten la condicionalidad de las ayudas establecida en el Real Decreto 486/2009, de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias o medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo, o norma que la sustituya; así como en la Orden de 07/10/2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, sobre aplicación de la condicionalidad en relación con los agricultores que reciban ayudas de desarrollo rural, y aquellas otras normas que la desarrollen o sustituyan.
c) No podrá obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o estén incursos en los casos que se establecen en el Art. 74.2 del Decreto Legislativo1/2002,19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Asimismo, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a la normativa de aplicación, y no deberán haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
21/02/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 38
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 38
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento