Ayudas destinadas a federaciones deportivas y delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas para fomentar la participación social en el marco de los actos del Día de las Illes Balears del año 2025.

Código de ayuda:

S26755/24

Norma:

Resolución de 3 de diciembre de 2024. Orden de 24 de agosto de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de diciembre de 2024.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.900

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es fomentar la participación social en la celebración del Día de las Illes Balears 2025 mediante la organización de eventos deportivos en la isla de Mallorca entre los días 22 de febrero de 2025 y 9 de marzo de 2025.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Conserjería de Presidencia y Administraciones Públicas (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo subvencionable será de 2.900,00 € para cada entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las federaciones deportivas de las Illes Balears legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears y las delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas también anotadas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Gastos por otros permisos y tasas requeridos para realizar el evento.

b. Gastos para la elaboración de papelería, carteles, ropa deportiva, pancartas, bolsas u otros complementos para el participante, siempre y cuando incluyan en el diseño el logotipo de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas y el logotipo del Día de las Illes Balears 2025.

c. Gastos para el alquiler de las instalaciones o de los espacios necesarios para realizar el evento.

d. Gastos para la adquisición del material fungible necesario para realizar el evento.

e. Gastos para desplazamientos en avión o barco, de alojamiento y de alimentación (en los establecimientos donde se alojan) para jueces participantes que no residan en la isla donde se realiza el evento. En cuanto a alimentación, se excluyen las comidas o cenas de trabajo, los banquetes, las galas y los actos de recepción o conclusión.

f. Gastos en servicios médicos, fisioterapeutas y seguros necesarios para realizar el evento.

g. Medallas y trofeos de los eventos o campeonatos para los deportistas. Hasta cuatro trofeos por campeonato y categoría. Para justificar este gasto, se deberá presentar el acta de la competición.

h. Gastos de emisión de las pruebas o de los campeonatos por el sistema de transmisión en directo
(streaming).

i. Gastos de traslados por carretera de los deportistas y/o clubes deportivos.

j. Alojamientos de deportistas residentes de las Illes Balears.

k. Gastos de elaboración de carteles, pegatinas, spots publicitarios para radio, televisión y/o Internet y prensa escrita.

l. Gastos de inserción de spots publicitarios.

m. Pruebas antidopaje.

n. Estudios meteorológicos para competiciones de vela.

Documentos asociados

Boletín: 28/08/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 106
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/12/2024
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 159
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento