Ayudas destinadas a financiar la formacion de las personas empleadas en la Administracion Publica de la Comunidad Autonoma de Euskadi.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S29073/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Finalizará a las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas destinadas a la financiación de la formación para el empleo que realicen durante el ejercicio 2013 las entidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi a las que se refiere la base tercera de esta convocatoria en relación al personal empleado en las mismas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia y Administración Pública (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Los Departamentos del Gobierno Vasco y sus Organismos Autónomos, respecto a su propio
personal.

b) El Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud.

c) La Academia Vasca de Policía y Emergencias, respecto al personal cuya formación le corresponda organizar.

d) El Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, en relación con
la formación del personal de la Administración de Justicia cuya gestión compete a este Departamento.

e) El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en relación con la formación
del personal docente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los planes o programas de formación de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi señaladas en la base tercera para su personal.

Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente
dicha, alguna o algunas de las siguientes acciones:

– El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.

– El establecimiento de redes de aprendizaje temporales o permanentes.

– El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.

– La realización de diagnóstico de las necesidades formativas en que se base el plan de formación del año 2013 o siguientes.

– Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 141
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento