Ayudas destinadas a financiar la formacion de las personas empleadas en la Administracion Publica de la Comunidad Autonoma de Euskadi.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S29073/13Norma:
RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2013.Plazo de Solicitud:
Finalizará a las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas destinadas a la financiación de la formación para el empleo que realicen durante el ejercicio 2013 las entidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi a las que se refiere la base tercera de esta convocatoria en relación al personal empleado en las mismas.Categorías Subvención
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Justicia y Administración Pública (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Los Departamentos del Gobierno Vasco y sus Organismos Autónomos, respecto a su propiopersonal.
b) El Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud.
c) La Academia Vasca de Policía y Emergencias, respecto al personal cuya formación le corresponda organizar.
d) El Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, en relación con
la formación del personal de la Administración de Justicia cuya gestión compete a este Departamento.
e) El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en relación con la formación
del personal docente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los planes o programas de formación de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi señaladas en la base tercera para su personal.Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente
dicha, alguna o algunas de las siguientes acciones:
– El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.
– El establecimiento de redes de aprendizaje temporales o permanentes.
– El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.
– La realización de diagnóstico de las necesidades formativas en que se base el plan de formación del año 2013 o siguientes.
– Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad.
Documentos asociados
Boletín:
24/07/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 141
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 141
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento