Ayudas destinadas a financiar la formacion de las personas empleadas en la Administracion Publica de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S02682/14Norma:
RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2014. RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2014. RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2015.Plazo de Solicitud:
Hasta las 24:00 horas del 30 de junio de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas destinadas a la financiación de la formación para el empleo que realicen durante el ejercicio 2015 las entidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco a las que se refiere la base tercera de esta convocatoria en relación al personal empleado en las mismas.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Justicia y Administración Pública (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
a) Los Departamentos del Gobierno Vasco y sus Organismos Autónomos, respecto a su propio personal.b) El Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud.
c) La Academia Vasca de Policía y Emergencias, respecto al personal cuya formación le corresponda organizar.
d) El Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, en relación con la formación del personal de la Administración de Justicia cuya gestión compete a este departamento.
e) El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en relación con la formación del personal docente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los planes o programas promovidos para la formación de su personal por las entidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente
dicha, alguna o algunas de las siguientes acciones:
– El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.
– El establecimiento de redes de aprendizaje temporales o permanentes.
– El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.
– La realización de diagnóstico de las necesidades formativas en que se base el plan de formación del año 2014 o siguientes.
– Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad.
Documentos asociados
Boletín:
18/01/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 33
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
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Boletín:
27/01/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 17
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
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Boletín:
04/05/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
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