Ayudas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres.
Código de ayuda:
S19846/20Norma:
RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2020. RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de junio de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 5.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto fortalecer y consolidar el movimiento asociativo y potenciar la participación social y la calidad de vida de las mujeres gallegas.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/11.png)
Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda que se puede conceder al amparo de esta convocatoria es:a) En la línea 1: 3.000 euros.
b) En la línea 2: 5.000 euros.
Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de doscientos treinta mil euros (230.000 €) con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020 de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Línea 1: Financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma por un importe total de 80.000,00 euros, para la consolidación del movimiento asociativo, destinada a compensar gastos corrientes que origine el mantenimiento y funcionamiento de las asociaciones de mujeres y de sus federaciones.
b) Línea 2: Financiada con fondos finalistas del Estado a través del Pacto de Estado contra la violencia de género por un importe total de 150.000,00 euros, para la promoción de acciones singularizadas en materia de igualdad y prevención de la violencia de género.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres las asociaciones de mujeres y las federaciones constituidas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, que tengan domicilio social en Galicia y estén inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS), siempre que cumplan los demás requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Línea 1: consolidación del movimiento asociativo, destinada a compensar gastos corrientes que originen el mantenimiento y el funcionamiento de las asociaciones de mujeres y sus federaciones.b) Línea 2: promoción de actuaciones y actividades singularizadas en materia de igualdad, de prevención de la violencia de género y de acompañamiento de las víctimas, con especial incidencia en las mujeres rurales, mujeres mayores y/o mujeres en situación de vulnerabilidad, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Documentos asociados
Boletín:
22/05/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
22/05/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
23/09/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 193
Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento
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