Ayudas destinadas a fomentar la acción sindical en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.
Código de ayuda:
S07173/05Norma:
Orden ECI/474/2005, de 16 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar el mantenimiento de representantes sindicales, con dedicación exclusiva a las funciones sindicales en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones sindicales que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sexto. 2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, tengan la consideración de más representativas a nivel estatal en el ámbito de las empresas de enseñanza sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas se concederán para sufragar, durante el año 2005, los gastos correspondientes a salarios, cargas sociales y gastos de gestión necesarios para la retribución de los representantes sindicales.Distribución de las ayudas:
1. Las ayudas se distribuirán de forma proporcional, en función de la representatividad de cada organización sindical y de acuerdo con el número de delegados y miembros del comité de empresa obtenidos en centros de trabajo incluidos en el ámbito de aplicación de los Convenios Colectivos que afecten al sector de empresas de enseñanza sostenidas total o parcialmente con fondos públicos en el conjunto del Estado.
2. La representatividad tenida en cuenta para la concesión de las ayudas será la que se desprenda de las certificaciones emitidas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y referidas a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Requisitos:
Los representantes sindicales retribuidos por las organizaciones sindicales con las ayudas a las que se refiere la presente Orden, deberán cumplir los siguientes requisitos:- Cumplir las condiciones que para afiliarse a las organizaciones sindicales establecen los artículos primero. 2 y tercero. 1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de 1985, de Libertad Sindical (Boletín Oficial del Estado del 8).
- Ostentar un cargo electivo o realizar funciones sindicales a nivel provincial o superior en la organización sindical, relacionado con el sector de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.
- No percibir retribución alguna con cargo a la nómina de pago delegado a que hace referencia el artículo 34 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos (Boletín Oficial del Estado del 27).
Documentos asociados
Boletín:
01/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 51
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 51
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento