Ayudas destinadas a inversiones en renovacion de la instalacion electrica en viviendas y comunidades de propietarios.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S37564/14Norma:
RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar la renovación de las instalaciones eléctricas antiguas mediante la concesión de ayudas a viviendas y a comunidades de propietarios para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (en adelante «REBT-RD842/2002»), tramiten el correspondiente Certificado de Baja Tensión («Boletín»).Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Ente Vasco de la Energía (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total de la ayuda por la renovación de la instalación eléctrica será el 50% del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto; en cualquier caso, la ayuda máxima, en el marco de esta convocatoria, no será superior a 500 euros para los casos de renovación en vivienda y 1.000 euros para los de Comunidades de Propietarios.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, propietarias, usufructuarias o arrendatarias de las viviendas y las Comunidades de Propietarios que procedan a la renovación de la instalación eléctrica, bien por ser ésta de una antigüedad igual o superior a 25 años, o bien por haber recibido notificación del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco comunicando defectos en la instalación eléctrica que requieren subsanación inmediata.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La renovación de las instalaciones eléctricas antiguas mediante la concesión de ayudas a viviendas y a comunidades de propietarios para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (en adelante «REBT-RD842/2002»), tramiten el correspondiente Certificado de Baja Tensión («Boletín»).Requisitos:
No podrán tener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de lascircunstancias señaladas en el artículo 50.5 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (en adelante «D Leg 1/1997») ni aquellas que se encuentren sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello.
Documentos asociados
Boletín:
22/07/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento