Ayudas destinadas a inversiones en renovacion de la instalacion electrica en viviendas y comunidades de propietarios.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S37564/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la renovación de las instalaciones eléctricas antiguas mediante la concesión de ayudas a viviendas y a comunidades de propietarios para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (en adelante «REBT-RD842/2002»), tramiten el correspondiente Certificado de Baja Tensión («Boletín»).

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de la ayuda por la renovación de la instalación eléctrica será el 50% del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto; en cualquier caso, la ayuda máxima, en el marco de esta convocatoria, no será superior a 500 euros para los casos de renovación en vivienda y 1.000 euros para los de Comunidades de Propietarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, propietarias, usufructuarias o arrendatarias de las viviendas y las Comunidades de Propietarios que procedan a la renovación de la instalación eléctrica, bien por ser ésta de una antigüedad igual o superior a 25 años, o bien por haber recibido notificación del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco comunicando defectos en la instalación eléctrica que requieren subsanación inmediata.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La renovación de las instalaciones eléctricas antiguas mediante la concesión de ayudas a viviendas y a comunidades de propietarios para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (en adelante «REBT-RD842/2002»), tramiten el correspondiente Certificado de Baja Tensión («Boletín»).




Requisitos:

No podrán tener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las
circunstancias señaladas en el artículo 50.5 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (en adelante «D Leg 1/1997») ni aquellas que se encuentren sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello.

Documentos asociados

Boletín: 22/07/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento