Ayudas destinadas a inversiones en sustitucion de ventanas en viviendas de ocupacion habitual - año 2014.

Código de ayuda:

S46382/14

Norma:

RESOLUCIÓN, de 24 de septiembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras correspondientes al Programa de Ayudas a inversiones en sustitución de ventanas en viviendas de ocupación habitual – año 2014.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será del 22% de la
inversión realizada por dicho concepto, siendo el coste máximo subvencionable por cada m2
de ventana de 400 euros. El porcentaje de subvención sobre la inversión total será inferior al 22% cuando el precio/m2 de ventana sea superior a 400 €, considerándose entonces como inversión subvencionable el producto resultante de los m2 de ventana totales renovados por el coste máximo subvencionable de 400 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda de ocupación
habitual ubicada en la CAPV, en la que se proceda a la sustitución de ventanas por otras de alta
eficiencia energética en los términos detallados en la base 4ª.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La sustitución, en viviendas de ocupación habitual ubicadas en la CAPV, de aquellas ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior por otras de elevada eficiencia energética, llevadas a cabo entre el 1 de enero de 2014 y el 28
de noviembre de 2014.

Requisitos:

No podrán tener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las
circunstancias señaladas en el artículo 50.5 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (en adelante “D. Leg 1/1997”) ni aquellas que se encuentren sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello.

Documentos asociados

Boletín: 01/10/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento