Ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de intervenciones arqueológicas.- Convocatoria 2023.
Código de ayuda:
S17419/23Norma:
ORDEN de 8 de marzo de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 24 de abril de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas, por el procedimiento abreviado de concurrencia no competitiva, a los promotores particulares de cualquier tipo de obras que afecten a un monumento, conjunto histórico, zona arqueológica o yacimientos catalogados o inventariados, en los casos en que la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades o la figura de planeamiento vigente determine la necesidad de realizar intervenciones arqueológicas, en concepto de colaboración en la financiación del coste de la ejecución del proyecto arqueológico realizado de acuerdo con los requisitos establecidos en los artículos 96 y 97 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.Categorías Subvención
- Arqueología y Minería
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Empresarios, las personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro que hayan promovido las intervenciones arqueológicas comprendidas en el ámbito de la presente orden, desarrolladas en bienes inmuebles de titularidad privada, siempre que no se encuentren en ninguno de los supuestos de los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Quedan comprendidas en el ámbito de la presente orden las intervenciones arqueológicas enunciadas en el artículo 95 da citada Ley 5/2016, debidamente autorizados por la Dirección General de Patrimonio Cultural.Requisitos:
a) Que las actuaciones arqueológicas estén autorizadas y hayan sido realizadas desde el año 2017 en adelante y estén finalizadas en la fecha de publicación de la presente orden.b) Que las actuaciones se desarrollasen conforme a los proyectos arqueológicos presentados y se cumpliesen las obligaciones de responsabilidad de la dirección de acuerdocon lo establecido en el Decreto 199/1997, que regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Que se acredite la presentación y la entrega de los correspondientes informes valorativos o de las memorias técnicas y del acta de depósito de los materiales de acuerdo con el citado Decreto 199/1997.
Documentos asociados
Boletín:
22/03/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 57
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 57
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
22/03/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 57
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 57
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento