Ayudas destinadas a la creacion de empresas en el municipio de Santander en el año 2011.

Código de ayuda:

S34200/10

Norma:

Santander, 22 de abril de 2010. Santander, 6 de mayo de 2008. Santander, 19 de abril de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento de solicitud de las ayudas contempladas por el Programa I: Ayudas para la creación de empresas y la apertura de nuevos centros de trabajo.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Santander (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima en ningún caso podrá ser superior a 6.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Aquellas personas físicas y jurídicas, independientemente de la forma en la que se constituyan, que inicien o hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional o abran o hayan abierto un nuevo centro de trabajo o establecimiento comercial en el municipio de Santander entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de
junio de 2011, ambos incluidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes de alquiler del local de negocio (IVA y gastos de comunidad no incluido) durante el primer año de actividad de la empresa, hasta un límite del 50% del citado coste.

Requisitos:

a) Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento de Santander, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.

b) No tener pendiente de justificación ninguna otra subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Santander.

c) Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2.003 General de Subvenciones.

d) Que la persona física o jurídica, que solicita la subvención, haya solicitado a su nombre y con carácter previo, la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades, siendo en todo caso imprescindible para el pago de la misma contar con documento acreditativo de la concesión definitiva de la citada Licencia.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/05/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 96
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 18/05/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 94
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento