Ayudas destinadas a la creacion de nuevas empresas.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S04764/12Norma:
Torrelavega, 2 de febrero de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el procedimiento de solicitud de Ayudas para la creación de nuevas empresas en el Término Municipal de Torrelavega durante el año 2012.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas, independientemente de la forma en que se constituyan, que inicien o hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Torrelavega, y que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas contempladas se destinaran a la compensación en un 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles o del alquiler del local durante el primer año, con un máximo de 5.000 euros por empresa, siempre y cuando el valor catastral de los referidos inmuebles no sea superior a 200.000 euros.Requisitos:
a) Que se trate de nuevas actividades que se inicien a partir de 1 de enero del 2012b) Que no se trate de actividades de temporada.
c) Que no se hayan ejercido anteriormente bajo otra titularidad o califi cación.
d) Que se realicen en local o establecimiento dedicados exclusivamente a dicha actividad, con total separación del resto de actividades empresariales o profesionales, que en su caso pudiera realizar el contribuyente.
Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir además las siguientes condiciones:
1. Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento de Torrelavega, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.
2. No tener pendiente de justifi cación ninguna otra subvención.
3. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 general se Subvenciones.
4. Que la persona física o jurídica, que solicite la subvención, haya solicitado a su nombre u con carácter previo, la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades, siendo en todo caso imprescindible para el pago de la misma contar con documento acreditativo de la concesión defi nitiva de la citada Licencia.
Documentos asociados
Boletín:
13/02/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento