Ayudas destinadas a la creacion de nuevas empresas.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S04764/12Norma:
Torrelavega, 2 de febrero de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el procedimiento de solicitud de Ayudas para la creación de nuevas empresas en el Término Municipal de Torrelavega durante el año 2012.Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas, independientemente de la forma en que se constituyan, que inicien o hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Torrelavega, y que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas contempladas se destinaran a la compensación en un 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles o del alquiler del local durante el primer año, con un máximo de 5.000 euros por empresa, siempre y cuando el valor catastral de los referidos inmuebles no sea superior a 200.000 euros.Requisitos:
a) Que se trate de nuevas actividades que se inicien a partir de 1 de enero del 2012b) Que no se trate de actividades de temporada.
c) Que no se hayan ejercido anteriormente bajo otra titularidad o califi cación.
d) Que se realicen en local o establecimiento dedicados exclusivamente a dicha actividad, con total separación del resto de actividades empresariales o profesionales, que en su caso pudiera realizar el contribuyente.
Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir además las siguientes condiciones:
1. Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento de Torrelavega, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.
2. No tener pendiente de justifi cación ninguna otra subvención.
3. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 general se Subvenciones.
4. Que la persona física o jurídica, que solicite la subvención, haya solicitado a su nombre u con carácter previo, la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades, siendo en todo caso imprescindible para el pago de la misma contar con documento acreditativo de la concesión defi nitiva de la citada Licencia.
Documentos asociados
Boletín:
13/02/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento