Ayudas destinadas a la distribucion de frutas y hortalizas al alumnado en los centros escolares de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S43091/12

Norma:

Resolución de 15/11/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el Marco Estratégico Regional de consumo de frutas y hortalizas
en los colegios, en adelante Marco estratégico anual, y la convocatoria de ayudas destinadas a la distribución de frutas y hortalizas al alumnado en los centros escolares de Castilla-La Mancha para el curso 2012/2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El importe total de los costes contemplados en el apartado 1, letra b), incisos b.1) y b.2), no podrá exceder del 10 % de la dotación de ayuda de la Unión asignada al Estado miembro de que se trate, tras la asignación definitiva de la ayuda comunitaria.

- El importe total de los costes contemplados en el apartado 1, letra b), inciso b.3.), representará un importe fijo y estará sujeto a un límite que no podrá exceder del 5 % de la dotación de ayuda comunitaria del Estado miembro, tras la asignación definitiva de la ayuda comunitaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los organismos privados que presenten un plan para dirigir la distribución de frutas y hortalizas en los centros escolares y la evaluación y comunicación, en el ámbito del Marco estratégico anual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes de frutas y hortalizas incluidas en el Marco estratégico regional de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas de Castilla-La Mancha, y entregadas en el centro escolar. Las frutas y hortalizas deberán suministrarse a los centros escolares que hayan sido seleccionados por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

b) Costes afines, que son los costes directamente relacionados con la aplicación del Marco estratégico regional deconsumo de fruta y hortalizas en las escuelas de Castilla-La Mancha y que incluirán únicamente:

b.1) Costes de adquisición, alquiler o arrendamiento financiero de equipo, si están previstos en la estrategia.

b.2) Costes de seguimiento y evaluación, que estén directamente relacionados con el plan de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas.

b.3) Costes de comunicación, que incluyen los costes del cartel contemplado en el artículo 14, apartado 1 del Reglamento (CE) 288/2009 de la Comisión de 07/04/2009 por el que se establecen disposiciones de aplicación del
Reglamento (CE) 1234/2007, modificado por el Reglamento (UE) nº 34/2011 de la Comisión de 18 de enero y el Reglamento de ejecución (UE) nº 1208/2011 de la Comisión de 22 de noviembre.

b.4) Cuando los costes de transporte y de distribución de los productos cubiertos por un plan de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas se facturen por separado, estos costes no excederán del 3 % de los costes de los productos.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social en la forma determinada reglamentariamente.

b) No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha.

c) No estar incursos en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Tratándose de personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) Carecer de fines de lucro.

f) Disponer de la estructura técnica y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en el plan presentado, acreditando experiencia operativa para ello.

Documentos asociados

Boletín: 27/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 231
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento