Ayudas destinadas a la ejecución de programas de sanidad animal en los sectores del porcino, de la cunicultura, del ovino y el caprino y de la producción de moluscos.
Código de ayuda:
S44519/18Norma:
ORDEN ARP/147/2018, de 17 de agosto. RESOLUCIÓN ARP/2177/2018, de 20 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de octubre de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las ayudas que establece la Orden es compensar a los ganaderos por los costes derivados de la ejecución de programas y actuaciones sanitarias dirigidos al control y la prevención de enfermedades de los animales, que, en el caso de las ayudas al sector del porcino, se establecen de conformidad con el artículo 26 del Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio; los de los sectores de la cunicultura y del ovino y el caprino están sometidos al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector agrícola; y los del sector de la producción de moluscos, al Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector la pesca y la acuicultura.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar artículo 4 bases.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
Detalle beneficiarios:
Pueden ser entidades solicitantes y perceptoras de la ayuda las agrupaciones de defensa sanitaria queestén reconocidas como tales.
Requisitos:
a) Ser una pequeña o mediana empresa de acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio.b) Estar integradas en una única agrupación de defensa sanitaria encargada de la prestación de los servicios para el cumplimiento del programa sanitario. A estos efectos, se tendrán en cuenta las explotaciones ganaderas respecto a las que la ADS, junto con la persona titular de la explotación, haya notificado a la Administración su vinculación.
c) Estar inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas que prevé el Decreto 40/2014, de 25 de marzo, de ordenación de explotaciones ganaderas.
d) Cumplir los programas sanitarios oficiales obligatorios establecidos por la normativa vigente.
e) Cumplir los requisitos vigentes en materia de bienestar animal.
Documentos asociados
Boletín:
22/08/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7690
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7690
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín:
28/09/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7715
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7715
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento