Ayudas destinadas a la financiación de inversiones en el marco del componente 13 «Impulso a la PYME», inversión 4 «Apoyo al Comercio», Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.- Convocatoria 2023.
Código de ayuda:
S01373/23Norma:
ORDEN IEM/1901/2022, de 22 de diciembre. ORDEN IEM/993/2023, de 6 de agosto.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de octubre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar en régimen de concurrencia no competitiva las subvenciones cuya finalidad es financiar en la Comunidad de Castilla y León, la ejecución de proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las PYMES del sector comercial y las asociaciones de dicho sector, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución, haciendo a las empresas máscompetitivas.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Comercio
- Cooperación empresarial
- Creación nuevas empresas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitante, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante, de tal forma que si una empresa solicita subvención para más de un establecimiento comercial la cuantía máxima de subvención a conceder no podrá superar dicho importe.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1.– Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, en los términos establecidos en las presentes bases:1.1.– Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial: las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período subvencionable establecido en cada convocatoria y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de pyme de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
b) Desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto.
c) La actividad principal en volumen de negocio en el establecimiento o establecimientos comerciales para los que se solicite subvención deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 y 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009, quedando excluidos los siguientes grupos por tratarse de actividades ejercidas en establecimientos comerciales de carácter no permanente o fuera de un establecimiento comercial:
• Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
• Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni mercadillos.
1.2.– Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial: las asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y las entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan, con domicilio social en Castilla y León (debiendo constar así en sus estatutos a la fecha de producción de efectos de las correspondientes convocatorias) y cuya finalidad sea la defensa de los intereses del sector comercial, es decir, aquellas que recojan expresamente entre sus fines
estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial, quedando exceptuadas aquellas cuyo número mayoritario de socios tenga por actividad principal alguna de las incluidas en los grupos de la CNAE 2009 excluidas en la letra c) del punto 1.1 de la presente base, así como aquellas cuya finalidad sea la defensa de los intereses de empresas que no tengan la consideración de pymes.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– Los proyectos a desarrollar tienen como objetivos el fomento de la innovación empresarial y la adaptación a las nuevas fórmulas comerciales y hábitos de consumo, la capacitación en habilidades comerciales, la dinamización de las ventas en las zonas y actividades comerciales, la revitalización comercial de áreas y equipamientos comerciales y el impulso de la digitalización y del uso de las nuevas tecnologías, incorporando la sostenibilidad como eje transversal.Tienen la consideración de subvencionables los proyectos que se incluyan en una o varias de las siguientes categorías:
a. Proyectos de nuevas tecnologías, individuales y/o del colectivo de asociados, dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (transformación digital).
b. Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, individual y/o del colectivo de asociados, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión (transformación del punto de venta).
c. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla (cadena de suministro y trazabilidad).
d. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (sostenibilidad y economía circular).
Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, estén relacionados con el/los proyecto/s objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución, hayan sido contraídos dentro del periodo subvencionable establecido en cada convocatoria, y se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación. Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado.
2.– Requisitos específicos de la línea dirigida a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial:
a) Se presentará una única solicitud por establecimiento comercial, solicitud que podrá incluir uno o varios tipos de proyectos de las categorías previstas en el apartado primero de la presente base.
b) El establecimiento debe estar ubicado en la Comunidad de Castilla y León.
c) Cuando en un mismo establecimiento comercial se ejerzan distintas actividades, solo será subvencionable el proyecto o proyectos si la actividad principal en volumen de negocio desarrollada en el mismo se corresponde con alguna de las incluidas en los códigos 45, 46 y 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), exceptuadas las recogidas en la letra c) del punto 1.1
de la base segunda.
d) Si el proyecto, o proyectos, para el que se solicita la subvención se ejecuta o afecta a varios establecimientos comerciales de los que sea titular la empresa solicitante, y dicho proyecto o proyectos incluye gastos que no pueden ser individualizados para cada uno de los establecimientos, dichos gastos se vincularán únicamente a la solicitud presentada para uno de los establecimientos.
Conforme al CID (Council Implementing Decision) serán subvencionables los gastos que se incluyan en una o varias de las categorías de proyectos subvencionables establecidos en el punto 1 de la presente base, más concretamente:
a) Gastos referidos a la transformación digital:
a.1. Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente así como su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
a.2. Inversión en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes, tales como la creación o mejora de páginas webs, tiendas online, marketplace u otros de naturaleza similar.
a.3. Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.
a.4. Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.
a.5. Soluciones en ciberseguridad.
a.6. Plataformas para la mejora de la comunicación interna dentro de un negocio, entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los clientes.
a.7. Estandarización de los productos y generación de información.
a.8. Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios y/o el fomento de la omnicanalidad.
b) Gastos referidos a la transformación del punto de venta:
b.1. Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
b.2. Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, toma de decisiones, su potencial transmisión o relevo generacional.
b.3. Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.
b.4. Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva visita previa.
b.5. Adquisición de mobiliario tecnológico que mejore la experiencia de compra en el establecimiento físico.
b.6. Incorporación de técnicas de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes.
c) Gastos relativos a la cadena de suministro y la trazabilidad:
c.1. Plataformas colaborativas productor local, pyme comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.
c.2. Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de ‘Km 0’ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.
c.3. Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución, tanto en el lineal como durante su envío y distribución.
c.4. Optimización del surtido ofrecido en el lineal físico y online.
d) Gastos relativos a la sostenibilidad y la economía circular:
d.1. Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
d.2. Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
d.3. Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior
reciclado y valorización.
d.4. Instalación de puntos de entrega inteligentes.
d.5. Instalación de fuentes de energía renovables y sustitución por tecnologías que utilicen gases refrigerantes fluorados de alto potencial de calentamiento por otras tecnologías de nulo o bajo potencial de calentamiento atmosférico para la climatización de los establecimientos de uso comercial.
d.6. Otras actuaciones y soluciones dirigidas a incrementar la sostenibilidad, la adaptación al cambio climático y la eficiencia y que impliquen un avance hacia una economía resiliente y baja en carbono, la reducción en la generación de residuos, incluido el fomento de la reutilización de productos, la economía
circular y el desperdicio cero.
3.– Requisitos específicos de la línea dirigida a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial:
3.1.– Se presentará una única solicitud por entidad, solicitud que podrá incluir uno o varios tipos de proyectos de las categorías previstas en el apartado primero de la presente base, que deberá ejecutarse en la Comunidad de Castilla y León.
3.2.– Conforme al CID (Council Implementing Decision) serán subvencionables los gastos que se incluyan en una o varias de las categorías de proyectos subvencionables establecidos en el punto 1 de la presente base y, más concretamente:
a) Gastos referidos a la transformación digital del colectivo de asociados:
a.1. Mejora de la atención, relación y conocimiento del consumidor, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
a.2. Inversión en la transformación digital de las asociaciones y/o del colectivo de asociados, para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
a.3. Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.
a.4. Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.
a.5. Soluciones en ciberseguridad.
a.6. Plataformas para la mejora de la comunicación interna entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los clientes.
a.7. Estandarización de los productos y generación de información.
a.8. Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos que sirvan para promocionar productos y servicios colectivos.
b) Gastos referidos a la transformación del punto de venta de forma colectiva:
b.1. Canales cortos de comercialización de forma colectiva.
b.2. Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.
c) Gastos relativos a la cadena de suministros y trazabilidad:
c.1. Plataformas colaborativas productor local, pyme comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.
c.2. Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de ‘Km 0’ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.
c.3. Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución, tanto en el lineal como durante su envío y distribución.
d) Gastos relativos a la sostenibilidad de economía circular:
d.1. Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores, y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
d.2. Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
d.3. Soluciones tecnológicas colectivas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización.
d.4. Instalación de puntos de entrega inteligentes.
e) Gastos de sensibilización y formación directa y exclusivamente relacionados con el proyecto o proyectos para los que se solicita la subvención, en concreto:
e.1. Sensibilización y formación teórica y práctica de habilidades, uso y gestión de herramientas tecnológicas en el comercio, marketing digital, técnicas de fidelización, explotación y análisis de datos vinculados con la venta online independientemente del canal elegido para ello.
e.2. Formación, sensibilización y campañas para el fomento de estrategias de economía circular, reciclado y reutilización de productos en el modelo de negocio del sector comercial.
Dentro de este concepto tendrán consideración de gastos subvencionables:
– Alquiler del espacio para la realización de las jornadas.
– Alquiler de mobiliario y de los equipos necesarios para la realización de las mismas.
– Subcontratación de un tercero para la realización de las mismas, siempre y cuando la actividad subcontratada con el tercero no supere el 100 por ciento del importe de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada.
En estos casos, el beneficiario deberá adjuntar los partes horarios firmados por los empleados que impartan tales actuaciones.
– Honorarios de los ponentes.
En ningún caso serán subvencionables los equipos o material para los asistentes, gastos vinculados a «merchandising» ni los gastos imputables para conocer las necesidades del sector previo a la realización de los talleres o jornadas.
4.– Asimismo, serán subvencionables los gastos relacionados con las actuaciones preparatorias previas que sean necesarias para establecer la prestación de servicios, el suministro de bienes o la realización de las actividades correspondientes, así como el coste de las asistencias técnicas externas contratadas específicamente para este fin.
Documentos asociados
Boletín:
30/12/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
30/12/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
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Boletín:
14/08/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 155
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 155
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Boletín:
03/10/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 190
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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Boletín:
03/10/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 190
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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