Ayudas destinadas a la formación, fomento y difusión de la economía social.

Código de ayuda:

S13573/21

Norma:

Resolución de 29 de marzo de 2021. DECRETO 195/2017, de 14 de noviembre. DECRETO 64/2018, de 22 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de mayo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a paliar las debilidades del sistema socioeconómico de nuestra Comunidad Autónoma, impulsando e incentivando la realización de actuaciones necesarias para promover el interés y la participación en el mercado laboral a través de las entidades de la economía social, primando las actividades que se desarrollen con presencia física de sus destinatarios y contemplando específicamente actuaciones de fomento de la constitución de empresas de economía social.

Para ello, se establecen éstas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de formación, fomento y difusión en el ámbito de la economía social, bajo dos líneas:

Ayudas al fomento y difusión de la economía social.

Ayudas a la formación de las personas que integran o pueden integrar los órganos de administración de las sociedades cooperativas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas, en función de cada línea de ayudas, los siguientes:

Para la línea de ayudas al fomento y difusión de la economía social: las entidades asociativas de empresas de economía social.

Para la línea de ayudas a la formación de las personas que integran o pueden integrar los órganos de administración de las sociedades cooperativas: las uniones de cooperativas cuyos estatutos recojan su condición de entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

Los beneficiarios descritos anteriormente, para poder percibir las subvenciones, deberán reunir los siguientes requisitos:

- para la línea de Ayudas al fomento y difusión de la economía social:

a) Deberán ser entidades asociativas de empresas de la economía social en virtud de lo regulado en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social y estar inscritas en el correspondiente registro, cuando tal requisito sea necesario, desarrollando con carácter principal su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- para la línea de Ayudas a la formación de las personas que integran o pueden integrar los órganos de administración de las sociedades cooperativas:

a) Deberán ser Uniones de Cooperativas que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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