Ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del Sector Hortofrutícola.
Código de ayuda:
S04946/05Norma:
Orden 6/2005, de 10 de febrero. Resolución nº 3448 de 29 de noviembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Según se establezca en Convocatoria anual. Para ejercicio 2006, del 1 de enero al 15 de febrero.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola, previstas en la Orden APA/3649/2004, de 4 de noviembre.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Calidad
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Las ayudas a que se refiere el apartado 1.-a podrán alcanzar hasta un máximo del 40 por cien del coste de la inversión subvencionable.- Las ayudas a que se refiere el apartado 2-a será, como máximo, el 12 por cien del coste de las inversiones subvencionadas en virtud del apartado 1.
- El importe de las ayudas concedidas en virtud del apartado 2. b) podrá alcanzar hasta el 100 por cien del coste y será, como máximo, de 60.000 euros por beneficiario en el periodo comprendido entre los años 2004 y 2006.
- Las ayudas a que se refiere el apartado 3, serán sufragadas hasta un máximo del 100 por cien del coste de la certificación y de 2.500 euros por entidad beneficiaria en el periodo comprendido entre 2004 y 2006.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a).- Las Organizaciones y Agrupaciones de Productores de frutas y hortalizas y de patatas, reconocidas de conformidad con el Reglamento (CE) nº 2200/1996, del Consejo, de 28 de octubre, por el que se establece la Organización Común de Mercados en el sector de frutas y hortalizas, el Reglamento (CEE) nº 1360/1978, del Consejo, de 19 de junio, relativo a las agrupaciones de productores y sus asociaciones, el Reglamento (CE) nº 952/1997, del Consejo, de 20 mayo, relativo a las agrupaciones de productores y sus uniones, el Real Decreto 617/1998, de 17 de abril, por el que se establecen medidas de apoyo a las agrupaciones de productores de patata de consumo, no destinada a la industria feculera y el Real Decreto 970/2002, de 24 de septiembre, por los que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera y se establecen diversas medidas de apoyo a las mismas y que hayan sido reconocidas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.b).- Las cooperativas agrarias y sociedades agrarias de transformación de los sectores de frutas y hortalizas y patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera, no reconocidas como organizaciones ni agrupaciones de productores y que tengan su domicilio en la Comunidad Autónoma.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.- Inversiones destinadas a la informatización y automatización de sistemas de registro y transmisión de datos de trazabilidad. Se podrá contemplar:a) La adquisición o desarrollo de programas informáticos específicos para la implantación e informatización de sistemas de trazabilidad.
b) Adquisición e instalación de equipos de registro y transmisión automática de datos, entre otros, ordenadores de control de los sistemas de trazabilidad, impresoras de etiquetas de códigos de barras, aplicadores automáticos de etiquetas de código de barras, lectores láser de códigos de barras, sistemas de transmisión de datos por radio frecuencia.
c) Elaboración de páginas web para acceso a los datos de trazabilidad a través de Internet y/o instalación de sistemas de intercambio electrónico de datos que permitan la transmisión rápida y fiable de los datos de trazabilidad entre la entidad beneficiaria y otros interlocutores comerciales.
2.- Asistencia técnica.
Se podrá contemplar:
a) Contratación de una empresa externa para el diseño, programación y puesta en marcha de las actuaciones a desarrollar en campo, necesarias para la implementación de sistemas de trazabilidad.
b) Contratación de una consultoría externa para el diseño y puesta en marcha de sistemas de trazabilidad, incluidas las jornadas de estudio de la situación de partida, jornadas de desarrollo del proyecto de implantación de sistemas de trazabilidad, formación del personal, instalación de software y adaptación de los sistemas informáticos a las necesidades específicas de la entidad beneficiaria.
3.-Inversiones destinadas a la certificación de los sistemas de trazabilidad implantados.
Se contemplarán las actuaciones destinadas a la certificación de los sistemas de trazabilidad serán la contratación de empresas certificadoras, acreditadas según la norma EN-45011, con alcance hortofrutícola, no siendo subvencionables, en ningún caso, los costes de auditorías posteriores a su obtención, destinadas al control y mantenimiento de la certificación.
Documentos asociados
Boletín:
00/00/0000
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº
Documento: Bases Reguladoras Estatales Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº
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Boletín:
15/02/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 23
Documento: Bases 2004-2006 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
01/12/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 158
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
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