Ayudas destinadas a la incorporacion de titulados a las actividades de I+D+I Empresariales, en el ejercicio 2010.
Código de ayuda:
S25855/10Norma:
Orden de 8 de abril de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/05/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Cofinanciar la incorporación de titulados a las actividades de I+D+I empresariales en régimen de dedicación exclusiva, mediante la suscripción de un contrato de trabajo de naturaleza laboral.Categorías Subvención
- Empleo
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Empleo, Universidades y Empresa (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar el Artículo 2 de la presente convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Empresa: Persona jurídica con ánimo de lucro, cualquiera que sea su régimen jurídico, que esté válida y totalmente constituida en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, y cuya actividad principal consista en la producción de bienes y servicios destinados al mercado.Dentro del concepto de empresa se diferencian las pequeñas y las medianas empresas, que a los efectos de esta convocatoria y de acuerdo con la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 (DOUE de 20 de mayo), se definen en este apartado.
a1) Pequeña empresa: Aquella que cumple todos y cada uno de los siguientes requisitos:
Ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
a2) Mediana empresa: Aquella que cumple todos y cada uno de los siguientes requisitos:
Ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
b) Asociaciones o agrupaciones de empresas dotadas de personalidad jurídica propia, capacidad de obrar y domicilio social en la Región de Murcia y que realicen, entre otras, actividades de investigación, desarrollo e innovación relacionadas con su sector.
c) Spin-Offs, constituidas por personal investigador perteneciente a universidades u organismos de investigación.
d) Centros Tecnológicos y Centros Europeos de Empresas e Innovación de la Región de Murcia.
e) Entidades gestoras de los Parques Científico y Tecnológico de la Región de Murcia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los costes salariales derivados de la contratación de titulados que se incorporen, en régimen de dedicación exclusiva, a los proyectos y actuaciones de I+D+I definidos en el artículo 4.7 de la presente Orden. Estos costes serán el resultado de la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social.b) Los costes de los contratos suscritos por la entidad solicitante con centros de investigación y desarrollo, radicados en la Región de Murcia, para la realización de los proyectos o actuaciones de I+D+I en los que vaya a intervenir el titulado a contratar. Estos contratos podrán ser de dos tipos:
i. Para el desarrollo parcial o total del proyecto en colaboración con el centro de I+D.
ii. Para el uso de las infraestructuras de investigación del centro de I+D o de los servicios generales de apoyo a la investigación de éstos.
Requisitos:
a) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento ejecutivo.b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
d) No estar incursos en algunas de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Que el conjunto de ayudas de minimis recibidas por el solicitante en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2010 no supere el importe de 500.000 euros brutos.
Documentos asociados
Boletín:
21/04/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 90
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 90
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
11/06/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 132
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 132
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento