Ayudas destinadas a la prensa escrita integramente en catalan.

Código de ayuda:

S27873/09

Norma:

Num. 6903. Orden de 30 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la presencia de la lengua catalana en las publicaciones impresas, de periodicidad no diaria, mediante ayudas a la edición de prensa escrita íntegramente en catalán en el territorio de las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo destinado a la convocatoria es de 140.000 euros, desglosado en las partidas presupuestarias correspondientes al presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 2009 siguientes:

- 80.000 euros con cargo en la partida 13301.455B03.48000.00.

- 60.000 euros con cargo en la partida 13301.455B03.47000.00.

Esta distribución es orientativa y podrá modificarse una vez hecha la propuesta de la comisión evaluadora, de acuerdo con las solicitudes aceptadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden acogerse a estas ayudas las asociaciones sin finalidad de lucro o las empresas que editan publicaciones no diarias escritas íntegramente en catalán y con una difusión significativa en el territorio de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Si una misma empresa edita diversas publicaciones puede solicitar ayudas para cada una de ellas.

Se consideran publicaciones periódicas las editadas en soporte papel y que utilizan medios de imprenta bajo un mismo título y en serie continua, con numeración correlativa y fecha de publicación, que aparecen con propósito de duración indefinida e incluyen el pie de imprenta con los datos que establece la legislación vigente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El gasto subvencionable es el derivado de las gastos de edición, impresión, distribución y comercialización de la publicación.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 59
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/04/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 51
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento