Ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
Código de ayuda:
S00791/25Norma:
RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2024. DECRETO 58/2016, de 10 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de febrero de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 50.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Por medio de esta resolución se efectúa la aprobación de la convocatoria de ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, para la financiación de los gastos que generen anualmente por el montaje de las nuevas producciones. Con el fin de apoyar a las iniciativas que surjan en el ámbito del teatro, la danza, los espectáculos multidisciplinares y la música, así como contribuir en el desarrollo económico de Extremadura, concretamente en el sector de las artes escénicas y de la música.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Empleo
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo, Jovenes y Deportes (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad máxima de la ayuda no superará los 50.000 euros, ni el 60 % del importe del presupuesto de producción aprobado (IVA excluido).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas de producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares o de música, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), con un periodo mínimo de un año de actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención anterior a la publicación de la presente convocatoria, o que acrediten haber producido, al menos, un montaje escénico para teatro o danza, espectáculos multidisciplinares o un montaje musical documentado en material sonoro (disco, CD, casete...) para música.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de personal entre los que se incluyen dirección, ayudante de dirección, actores, bailarines, músicos, intérpretes, escenógrafo, figurinista, iluminador, etc.b) Gastos relacionados con los elementos escénicos o de grabación como pueden ser: diseño y realización de escenografía, de vestuario, composición musical, arreglos, realización de attrezzo, diseño y realización de iluminación, estudio de grabación, etc.
c) Los derechos de autor.
d) Publicidad (carteles, programas).
e) Gastos generales (alquiler de oficina, personal administrativo, mensajería, material de oficina).
Requisitos:
a) Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
c) Asimismo, las empresas beneficiarias de estas ayudas deberán realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma donde radique el órgano gestor de la ayuda (contratación de recursos prestados por personas residentes y por empresas que ejerzan su actividad en el citado territorio) como mínimo del 75 % de la ayuda concedida.
Documentos asociados
Boletín:
16/05/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 92
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 08
Documento: Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
14/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 08
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 08
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento