Ayudas destinadas a la realización de programas dirigidos a la integración social de los inmigrantes.
Código de ayuda:
S06473/06Norma:
ORDEN de 17 de febrero de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/04/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, destinadas a financiar programas dirigidos a la integración social de los inmigrantes.Categorías Subvención
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro que tengan sede social, desarrollen sus actividades en la Comunitat Valenciana y, en su caso, que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de los Titulares de Actividades de Acción Social, y cuyos programas y/o actuaciones se correspondan con los determinados en la presente convocatoria.No podrá obtener la condición de beneficiario de las ayudas las entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de esta subvención los programas de intervención social integral con la población inmigrante:1. Programas de Información, de Traducción, de Asesoramiento, de Mediación, de Integración y de Orientación de los inmigrantes, especialmente en cuanto a sanidad, educación, vivienda y programas sociales, laborales y formativos.
2. Programas de alojamiento y manutención durante un período de tiempo limitado.
Las subvenciones irán destinadas a financiar los gastos corrientes derivados del desarrollo de las actividades, sin que puedan entenderse subvencionables los gastos relativos al funcionamiento ordinario de
la entidad, ni la adquisición de material inventariable.
En ningún caso el importe de la subvención podrá superar el coste total de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
Documentos asociados
Boletín:
08/03/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5214
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5214
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento