Ayudas destinadas a la recuperación del potencial productivo del olivar afectado por el temporal Filomena en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S47828/21

Norma:

Orden 136/2021, de 16 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de noviembre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 12.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva la concesión de las ayudas contempladas en la Operación 5.2.1. Apoyo a inversiones en explotaciones agrarias para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrarios dañados por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes, y en concreto para este caso del olivar afectado por el temporal Filomena, al amparo de lo previsto en el artículo 18 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de ayuda se limitará a un máximo de 12.000 €/beneficiaria. En caso de exceder en la solicitud esta cuantía, se concederá la ayuda por riguroso orden de relación de recintos en la solicitud del interesado/a.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las que sean titulares de explotaciones agrarias de olivar en Castilla-La Mancha, declaradas en Regepa de la campaña 2021, y por los recintos Sigpac de uso olivar que hayan sido gravemente afectados por los efectos del temporal Filomena. A tales efectos se considerarán daños graves una pérdida de potencial productivo superior al 50% certificados conforme a lo previsto en el artículo 10.4) de esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones o actuaciones subvencionables y su coste unitario serán los siguientes:

a) Arranque y plantación en sistemas de explotaciones de olivar de bajo rendimiento e intensivo moderado: 13,75 €/olivo.

b) Arranque y plantación en sistemas de explotaciones de olivar intensivo de alta densidad: 7,75 €/olivo.

c) Arranque y plantación en sistemas de explotaciones de olivar superintensivo: 3,22 €/olivo.

d) Corte por la base en sistemas de explotaciones de olivar de bajo rendimiento e intensivo moderado: 6,88 €/ olivo.

e) Corte por la base en sistemas de explotaciones de olivar intensivo de alta densidad: 4,17 €/olivo.

f) Corte por la base en sistemas de explotación superintensivos: 1,16 €/olivo.

g) Corte por las cruces en sistemas de explotaciones de olivar de bajo rendimiento e intensivo moderado: 4,59 €/ olivo.

h) Corte por las cruces en sistemas de explotaciones de olivar intensivo de alta densidad: 2,24 €/olivo.

A efectos de esta orden se considerará olivar de bajo rendimiento e intensivo moderado los recintos que tienen una densidad de plantación igual o inferior a 210 olivos/ha, olivar intensivo de alta densidad los que se tengan entre 211 olivos/ha y 1.000 olivos/ha, y superintensivos las plantaciones con densidad superior a 1.000 olivos/ha.

La superficie máxima auxiliable será de 6 ha/beneficiaria. En caso de exceder en la solicitud esta superficie, se concederá la ayuda por riguroso orden de relación de recintos en la solicitud del interesado.

Documentos asociados

Boletín: 20/09/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 181
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento