Ayudas destinadas a las actuaciones de Empleo con Apoyo, previstas en el Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo.
Código de ayuda:
S11991/24Norma:
RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 5 de julio de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta convocatoria es la concesión de las ayudas a las actuaciones de Empleo con Apoyo, previstas en la Sección 2.ª del Capítulo II del Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de los Centros Especiales de Empleo, que se desarrollen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Discapacidad / Personas con discapacidad
Empleo
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/16.png)
Convoca:
Departamento de Economia, Trabajo y Empleo (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Centros especiales de empleo que figuren inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo.Requisitos:
a) Hacer constar expresamente, junto a la cofinanciación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, la del Fondo Social Europeo, en el marco del Programa FSE+ País Vasco, 2021-2027 en todos los materiales y acciones de comunicación, difusión o publicación de las actuaciones subvencionadas.b) Garantizar un registro contable del gasto, con una identificación contable diferenciada o con un código contable adecuado.
c) Conservar toda la documentación relativa a los contratos subvencionados, para la eventual comprobación del cumplimiento de todos los compromisos y obligaciones a los que queda sujeta en virtud de esta convocatoria, durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario, según el artículo 82.1 del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, el Departamento de Trabajo y Empleo, la Oficina de Control Económico del Gobierno Vasco, el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas y las instancias de control de los fondos europeos.
Documentos asociados
Boletín:
07/06/2024
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 111
Documento: Bases y Convocatoria 2024 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 111
Documento: Bases y Convocatoria 2024 Descargar Documento