Ayudas destinadas a las asociaciones de alumnos y alumnas de centros públicos de Educación de Personas Adultas y a las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de Centros Docentes de enseñanza no universitaria, excepto del primer ciclo de Educación Infantil (L1 Formación de la Comunidad Educadora).
Código de ayuda:
S40264/19Norma:
ORDEN de 27 de marzo de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de julio de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta Orden es convocar ayudas para atender los gastos derivados del desarrollo de las actividades subvencionables señaladas en el artículo 3, realizadas desde el 1 de enero de2019 hasta el 20 de diciembre de 2019 por las entidades beneficiarias a que se refiere el artículo 4.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
Detalle beneficiarios:
a) las asociaciones de alumnos y alumnas de los Centros Públicos de Educación de PersonasAdultas (EPA) de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con excepción de las correspondientes exclusivamente a alumnado del primer ciclo de Educación Infantil.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El Departamento de Educación a través de esta convocatoria promueve la formación vinculada a las líneas estratégicas del Plan de Mejora del Sistema Educativo y específicamente, a las líneas:– L1. Formación de la comunidad educadora.
a) Para gastos (coste de la actividad formativa) de actividades de formación (cursos, seminarios, talleres, internados), así como los correspondientes a su organización (dietas por causa del desplazamiento, alojamiento o la manutención de la persona ponente, alquiler de locales, compra de materiales ligados a actividad formativa) vinculadas a las líneas estratégicas del Plan de Mejora, que serán diseñadas y desarrolladas desde una perspectiva inclusiva y coeducadora dirigidas tanto al alumnado como a madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria. Como máximo se sufragará el 100% del coste de estas actividades.
b) Para gastos de actividades y gastos de infraestructura necesarios para el funcionamiento de las asociaciones de alumnos y alumnas de EPA y de las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria (nóminas de personal, suministros, alquiler). Como máximo se sufragará el 100% del coste de estas actividades.
c) Para gastos de actividades complementarias (salidas, excursiones, encuentros) vinculadas a las líneas estratégicas del Plan de Mejora, que serán diseñadas y desarrolladas desde una perspectiva inclusiva y coeducadora, y distintas a las recogidas en el apartado a) dirigidas tanto al alumnado como a madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza
no universitaria. Como máximo se sufragará el 50% del coste de estas actividades (alquiler de
locales, compra de materiales ligados a actividad complementaria).
– L2. Educación inclusiva y atención a la diversidad.
– L3. Bilingüismo en el marco de una educación plurilingüe.
– L4. Materiales didácticos y Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Documentos asociados
Boletín:
30/04/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases, convocatoria y anexos 2019 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases, convocatoria y anexos 2019 Descargar Documento